Resolución pola que se aproban as bases reguladoras dos premios ao desenvolvemento rural de Galicia e se convoca a décimo sétima edición (Código do procedemento ).
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Descripción
Premios en régimen de concurrencia competitiva para reconocer y dar difusión a iniciativas que contribuyan de forma singular a promocionar el medio rural gallego y a generar una sociedad rural más dinámica y cohesionada. Se conceden tres premios por cada una de las seis categorías convocadas: 1º premio de 10.000 €, 2º de 3.000 € y 3º de 1.000 €, con un presupuesto total de 84.000 €, dirigidos a personas físicas o jurídicas de naturaleza privada titulares de iniciativas localizadas en Galicia.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica de naturaleza privada titular de la iniciativa presentada
- La iniciativa debe localizarse en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia
- La iniciativa debe estar ejecutada con carácter previo a la fecha de publicación de la convocatoria y no en fase de diseño o ejecución
- Cada iniciativa solo podrá presentarse a una categoría
- Para la categoría Juventud: las personas no deben tener más de cuarenta años en la fecha de fin de plazo, o en caso de personas jurídicas, al menos el 50% de sus miembros deben cumplir este requisito
- No haber obtenido premio en ediciones anteriores de los premios al desarrollo rural, premios Agader a las iniciativas de desarrollo rural o premio Agader al embellecimiento del medio rural
- No desarrollar la iniciativa en los sectores de la pesca y la acuicultura
- No estar relacionada con la exportación a terceros países o a Estados miembros
- No ser entidad colaboradora de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural
- Cumplir los límites de ayudas de minimis establecidos en los Reglamentos (UE) 2023/2831 (300.000 € en 3 años) y 1408/2013 (50.000 € en 3 años)
Documentación necesaria
- Solicitud según modelo normalizado (anexo I) con descripción de la iniciativa (máximo 3.000 caracteres)
- Si es persona jurídica: poder suficiente de la persona representante y documento que acredite la constitución de la entidad (certificado del Registro Mercantil u otros registros públicos, o copia de las escrituras de constitución registradas, así como modificaciones posteriores)
- Si es empresario/a individual: documentación que justifique la afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social
- Anexo II firmado por solicitante y representante, en caso de autorizar representación
- Otra documentación complementaria que la persona/entidad promotora considere relevante (publicaciones, fotografías, documentos gráficos, etc.) con un máximo de 5 hojas por ambos lados
- Declaración de las ayudas de minimis solicitadas o concedidas en los tres años anteriores
Cómo solicitar
- 1Acceder a la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) y localizar el procedimiento MR709A
- 2Cumplimentar el formulario normalizado de solicitud (anexo I) indicando la categoría a la que se opta
- 3Identificarse y firmar electrónicamente mediante cualquiera de los mecanismos admitidos (sistema Chave365, certificado digital, etc.)
- 4Adjuntar la documentación complementaria requerida respetando los tamaños máximos y formatos admitidos por la sede electrónica
- 5Presentar la solicitud electrónicamente (obligatorio para personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, autónomos y representantes de obligados)
- 6Si no se está obligado a presentación electrónica, opcionalmente presentar presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa de procedimiento administrativo común
- 7Esperar la resolución en un plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo de presentación; el silencio administrativo tiene efectos desestimatorios
- 8Recibir las notificaciones electrónicas a través de Notifica.gal (sede electrónica de la Xunta de Galicia)
Dónde: Sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) - procedimiento MR709A; presencialmente, para personas no obligadas a la vía electrónica, en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común
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