Resolución pola que se aproban as bases reguladoras dos premios ao desenvolvemento rural de Galicia e se convoca a décimo sétima edición
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Premios en régimen de concurrencia competitiva para reconocer y difundir iniciativas que contribuyan a promocionar el medio rural gallego, en seis categorías (Juventud, Interés social, Sector agro-ganadero, Mujeres, Innovación tecnológica, Recuperación de tierra agraria). En cada categoría se conceden tres premios dotados con 10.000 €, 3.000 € y 1.000 €, con un presupuesto total de 84.000 €, dirigidos a personas físicas o jurídicas privadas titulares de iniciativas localizadas en Galicia.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica de naturaleza privada titular de la iniciativa presentada
- La iniciativa debe localizarse en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia
- La iniciativa debe estar ejecutada con carácter previo a la fecha de publicación de la convocatoria, no en fase de diseño o ejecución
- No haber obtenido premio en ediciones anteriores de los premios al desarrollo rural de Galicia, premios Agader a las iniciativas de desarrollo rural o premio Agader al embellecimiento del medio rural
- No pertenecer a los sectores de la pesca y la acuicultura
- No estar relacionada con la exportación a terceros países o a Estados miembros
- No ser entidad colaboradora de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural
- Cada iniciativa solo puede presentarse a una categoría
- Para la categoría Juventud: la persona no debe tener más de 40 años (o al menos el 50% de los miembros en caso de personas jurídicas)
- Cumplir los límites de ayudas de minimis según Reglamento (UE) 2023/2831 (300.000 € en 3 años) y Reglamento (UE) 1408/2013 (50.000 € en 3 años para sector agrícola)
Documentación necesaria
- Solicitud según modelo normalizado (Anexo I) con descripción de la iniciativa (máximo 3.000 caracteres)
- Para personas jurídicas: poder suficiente de la persona representante y documento que acredite la constitución de la entidad (certificado del Registro Mercantil u otros registros públicos, o copia de las escrituras de constitución registradas)
- Para empresario/a individual: documentación que justifique la afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social
- Anexo II firmado por solicitante y representante, en caso de autorizar representación
- Documentación complementaria opcional: publicaciones, fotografías, documentos gráficos u otros que contribuyan a fortalecer la iniciativa (máximo 5 hojas por ambos lados)
- Declaración de las ayudas de minimis solicitadas o concedidas en los tres años anteriores
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar el formulario normalizado (Anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal)
- 2Preparar la documentación complementaria requerida
- 3Presentar la solicitud preferentemente por vía electrónica a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, mediante cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos (incluido el sistema Chave365)
- 4La presentación electrónica es obligatoria para Administraciones públicas, personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales con colegiación obligatoria, personas trabajadoras autónomas, estudiantado universitario y personas representantes o empleadas de las anteriores
- 5Las personas no obligadas a presentación electrónica pueden presentar la solicitud presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común
- 6Si la presentación presencial la realiza un sujeto obligado a la electrónica, se le requerirá que la enmiende electrónicamente, considerándose como fecha de presentación la de la enmienda
- 7Los trámites posteriores se pueden realizar electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana o presencialmente en los registros oficiales
Dónde: Sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) - Código de procedimiento MR709A
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.