ORDENANZA SUBVENCIONES ASOCIACIONES.
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Descripción
Ordenanza municipal que regula la concesión de subvenciones dinerarias a personas jurídicas, agrupaciones de personas físicas o comunidades de bienes para el fomento de actividades de utilidad pública en áreas como cultura, deportes, juventud, servicios sociales, turismo, medio ambiente, mujer, protección a consumidores, festejos y áreas vecinales. La subvención cubrirá con carácter general como máximo el 50% del coste total de la actividad subvencionada, no pudiendo superar aisladamente o en concurrencia con otras ayudas el coste de la actividad.
Requisitos
- Existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones derivadas de la concesión
- Aprobación del gasto y de su cuantía por la Junta de Gobierno Local
- Ser persona jurídica con personalidad suficiente, agrupación de personas físicas o comunidad de bienes sin personalidad jurídica
- Realizar actividades en las áreas de cultura, deportes, juventud, servicios sociales, turismo, medio ambiente, servicios comunitarios, mujer, protección a consumidores, festejos o áreas vecinales
- No concurrir ninguna de las circunstancias del art. 13 de la Ley General de Subvenciones (no estar declarado insolvente, estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, no ser deudor del Ayuntamiento, no haber sido declarado culpable o condenado mediante sentencia firme)
- En caso de agrupaciones sin personalidad jurídica, constar los compromisos de cada miembro y el importe de la subvención a aplicar a cada uno
Documentación necesaria
- Solicitud firmada por el presidente de la Entidad en la que conste la actividad o actividades por las que se solicita subvención e importe solicitado
- Programa detallado con presupuesto total y desglosado de las actividades a realizar, medios materiales y humanos con los que cuenta, y fechas previstas de ejecución
- Estatutos de la Entidad, Junta Directiva y número de asociados
- Número de cuenta bancaria a nombre de la Entidad donde efectuar el ingreso
- Certificado municipal de estar al corriente de las obligaciones con el Ayuntamiento
- Declaración responsable de estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
Cómo solicitar
- 1Cumplir los requisitos de beneficiario establecidos en la ordenanza y en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones
- 2Preparar la solicitud firmada por el presidente con indicación de actividades e importe solicitado
- 3Elaborar el programa detallado con presupuesto desglosado y medios con los que se cuenta
- 4Reunir la documentación requerida (estatutos, cuenta bancaria, certificados y declaraciones)
- 5Presentar la solicitud en el Ayuntamiento conforme al procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva
- 6Esperar la resolución de la Junta de Gobierno Local con dictamen previo de la Comisión Informativa
- 7Consultar la publicación de la concesión en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento
- 8Ejecutar el proyecto y justificar la realización de la actividad en el plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo de realización
Dónde: Registro del Ayuntamiento de Santa Cruz del Retamar
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