Ayudas 2026 en materia de eficiencia energética en empresas.pdf
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva del IVACE para fomentar actuaciones de ahorro y eficiencia energética en empresas y entidades de la Comunitat Valenciana, mediante la introducción de equipos e instalaciones con mayor eficiencia energética, con una dotación presupuestaria total de 2.520.000 euros financiados con cargo al FEDER 2021-2027.
Requisitos
- Ser persona jurídica de naturaleza privada, agrupación sin personalidad jurídica, entidad sin ánimo de lucro, empresario individual o sector público institucional (art. 2.2 Ley 40/2015)
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- No estar sujeto a una orden de recuperación de la Comisión Europea por ayuda ilegal e incompatible
- Para empresas: no encontrarse en situación de crisis conforme a la base 4.3.c) de las bases reguladoras
- Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
- Actuaciones que se lleven a cabo en el ámbito de la Comunitat Valenciana
- No se consideran subvencionables los proyectos de instalación de energías renovables
- Las actuaciones no podrán haberse iniciado con anterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda (carácter incentivador)
Documentación necesaria
- Solicitud de ayuda según modelo normalizado generado a través de la aplicación web del IVACE
- Auditoría Energética o Memoria técnica según modelo normalizado disponible en www.ivace.es
- Acreditación de la representación legal de quien firme la solicitud
- Si es profesional autónomo: copia del alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores (AEAT)
- Declaración responsable de cumplimiento de obligaciones medioambientales (modelo IVACE)
- Solicitud de tres ofertas de diferentes proveedores cuando el gasto subvencionable supere 39.999,99 € (obra) o 14.999,99 € (suministro/servicios), IVA excluido
- Para proyectos con inversión superior a 1.000.000 €: plan específico de financiación del proyecto (entidades privadas) o documento de existencia de partida presupuestaria (entidades públicas)
- Ubicación exacta del proyecto con coordenadas de la instalación
- Documentación técnica (fichas técnicas o fotografías de placa de características) de la potencia de los equipos a sustituir o mejorar
- Para proyectos de mejora de iluminación: documento justificativo del cumplimiento del RD 486/1997 con simulación o mediciones
- Para empresas: documento relativo al cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004 (modelo IVACE)
- Ficha de alta en la Base de datos corporativa de la Generalitat Valenciana (PROPER) con IBAN para el pago
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones (art. 13 Ley 38/2003) y, en su caso, de no estar en situación de crisis
- Declaración responsable sobre cumplimiento de normativa de integración laboral de personas con diversidad funcional (Decreto 279/2004)
- Declaración responsable de disponer de Plan de igualdad registrado (RD-ley 6/2019 y RD 901/2020)
- Declaración responsable de cumplimiento del principio de 'no causar un perjuicio significativo al medio ambiente' (art. 9.4 Reglamento UE 2021/1060)
- Declaración referente a otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos para los mismos costes subvencionables
- Para entidades públicas: declaración de estar al corriente en obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social; resto de solicitantes: autorización o certificados correspondientes
Cómo solicitar
- 1Acceder al trámite telemático disponible en el catálogo de Servicios Públicos interactivos de la Generalitat a través de https://sede.gva.es o del portal web del IVACE https://www.ivace.es
- 2Cumplimentar el modelo normalizado de solicitud de ayuda a través de la aplicación web del IVACE
- 3Firmar electrónicamente las declaraciones responsables mediante certificado electrónico de representación de persona jurídica o de representante inscrito en el Registro de Representantes de la Generalitat
- 4Adjuntar telemáticamente la documentación requerida
- 5Presentar la solicitud a través del registro electrónico antes de iniciar el proyecto (efecto incentivador)
- 6Si la documentación es incompleta, IVACE requerirá la subsanación en un plazo de 10 días, transcurrido el cual se entenderá desistida la solicitud
- 7Los requerimientos y notificaciones se realizarán de forma telemática conforme a los artículos 41 y ss. y 43 de la Ley 39/2015
Dónde: Registro electrónico de la Generalitat Valenciana a través de https://sede.gva.es o del portal web del IVACE https://www.ivace.es (presentación exclusivamente telemática)
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