CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A LAS ASOCIACIONES Y CLUBES DEPORTIVOS DE MISLATA PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y/O ACTIVIDADES 2025-2026
Próximamente · pendiente de publicación oficial
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Descripción
Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigida a clubes y asociaciones deportivas de Mislata para financiar el desarrollo de programas y actividades deportivas (competiciones federadas, Jocs Esportius y otras actividades del objeto social) durante el ejercicio 2026, con un presupuesto total de 184.000 € y pago tras la justificación de la actividad subvencionada.
Requisitos
- Estar constituidas legalmente como asociaciones conforme a la Ley 2/2011 del Deporte de la Comunidad Valenciana
- Estar inscritas en el Registro de entidades deportivas de la Comunidad Valenciana y en la correspondiente federación deportiva autonómica
- Encontrarse legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Mislata y en el de la Generalitat Valenciana, con junta directiva/estatutos actualizados con al menos un año de antelación a la finalización del plazo de solicitudes
- Disponer de sede o delegación permanente en el término municipal de Mislata al finalizar el plazo de solicitudes
- No tener finalidad lucrativa ni depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas
- No incurrir en ninguna causa de prohibición del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones ni del artículo 4 apartados 5 y 6 de la Ley Orgánica 1/2002
- Encontrarse al corriente de pago con el Ayuntamiento de Mislata, la AEAT y la Tesorería General de la Seguridad Social
- No tener pendientes de justificación ni ser deudora de reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Mislata
- Disponer en el año de la convocatoria de al menos un 20% de licencias deportivas de deportistas empadronados en Mislata
- No tener informe negativo de la Concejalía de Deportes por mal uso de instalaciones municipales ni expedientes sancionadores pendientes
- Tener acreditada actividad deportiva federada en el municipio con al menos dos años de antelación a la convocatoria, o participación en Jocs Esportius de la Generalitat Valenciana
- Disponer de póliza de seguro de responsabilidad civil y de accidentes que cubra la totalidad de las actividades
Documentación necesaria
- Documentación administrativa (fase a): del 15 al 26 de junio de 2026
- Documentación justificativa de la actividad subvencionada (fase b): desde la publicación en el BOP de Valencia hasta el 15 de julio de 2026
- Acreditación de inscripción en el Registro de entidades deportivas de la Comunitat Valenciana y en la federación deportiva autonómica
- Acreditación de inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones de Mislata (comprobada de oficio por el Ayuntamiento)
- Certificación de la entidad que acredite al menos un 20% de licencias deportivas de deportistas empadronados en Mislata
- Póliza de seguro de responsabilidad civil y de accidentes vigente
- Certificados de estar al corriente con AEAT, TGSS y Ayuntamiento de Mislata
- Proyecto deportivo de la actividad o programa a subvencionar
- Declaración responsable de no estar incursa en causas de prohibición del art. 13 LGS
- Declaración de otras subvenciones, ayudas o ingresos obtenidos para la misma actividad
Cómo solicitar
- 1Publicación de la convocatoria en el BOP de Valencia, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en el portal de transparencia y en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Mislata
- 2Fase a) Entrega de documentación administrativa: del 15 al 26 de junio de 2026 (o, si fuera posterior, en los 15 días naturales siguientes a la publicación en el BOP de Valencia)
- 3Fase b) Entrega de documentación justificativa: desde la publicación de la convocatoria en el BOP de Valencia hasta el 15 de julio de 2026 (o, si fuera posterior, en los 15 días naturales siguientes a dicha publicación)
- 4Tramitación en régimen de concurrencia competitiva conforme a los artículos 22 y ss. de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
- 5Valoración de las solicitudes conforme a los criterios establecidos en las bases reguladoras
- 6Resolución de concesión y notificación a las entidades beneficiarias
- 7Justificación de la actividad objeto de subvención conforme al artículo 34.3 LGS y al apartado 7 de las bases
- 8Pago de la subvención una vez justificada la actividad
- 9En su caso, reintegro de fondos conforme al artículo 37 LGS si procede
Dónde: Sede electrónica y registro del Ayuntamiento de Mislata (https://mislata.sedipualba.es)
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