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AYUNTAMIENTO DE MISLATA

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A LAS ASOCIACIONES Y CLUBES DEPORTIVOS DE MISLATA PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y/O ACTIVIDADES 2025-2026

Próximamente · pendiente de publicación oficial

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Descripción

Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigida a clubes y asociaciones deportivas de Mislata para financiar el desarrollo de programas y actividades deportivas (competiciones federadas, Jocs Esportius y otras actividades del objeto social) durante el ejercicio 2026, con un presupuesto total de 184.000 € y pago tras la justificación de la actividad subvencionada.

Requisitos

  • Estar constituidas legalmente como asociaciones conforme a la Ley 2/2011 del Deporte de la Comunidad Valenciana
  • Estar inscritas en el Registro de entidades deportivas de la Comunidad Valenciana y en la correspondiente federación deportiva autonómica
  • Encontrarse legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Mislata y en el de la Generalitat Valenciana, con junta directiva/estatutos actualizados con al menos un año de antelación a la finalización del plazo de solicitudes
  • Disponer de sede o delegación permanente en el término municipal de Mislata al finalizar el plazo de solicitudes
  • No tener finalidad lucrativa ni depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas
  • No incurrir en ninguna causa de prohibición del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones ni del artículo 4 apartados 5 y 6 de la Ley Orgánica 1/2002
  • Encontrarse al corriente de pago con el Ayuntamiento de Mislata, la AEAT y la Tesorería General de la Seguridad Social
  • No tener pendientes de justificación ni ser deudora de reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Mislata
  • Disponer en el año de la convocatoria de al menos un 20% de licencias deportivas de deportistas empadronados en Mislata
  • No tener informe negativo de la Concejalía de Deportes por mal uso de instalaciones municipales ni expedientes sancionadores pendientes
  • Tener acreditada actividad deportiva federada en el municipio con al menos dos años de antelación a la convocatoria, o participación en Jocs Esportius de la Generalitat Valenciana
  • Disponer de póliza de seguro de responsabilidad civil y de accidentes que cubra la totalidad de las actividades

Documentación necesaria

  • Documentación administrativa (fase a): del 15 al 26 de junio de 2026
  • Documentación justificativa de la actividad subvencionada (fase b): desde la publicación en el BOP de Valencia hasta el 15 de julio de 2026
  • Acreditación de inscripción en el Registro de entidades deportivas de la Comunitat Valenciana y en la federación deportiva autonómica
  • Acreditación de inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones de Mislata (comprobada de oficio por el Ayuntamiento)
  • Certificación de la entidad que acredite al menos un 20% de licencias deportivas de deportistas empadronados en Mislata
  • Póliza de seguro de responsabilidad civil y de accidentes vigente
  • Certificados de estar al corriente con AEAT, TGSS y Ayuntamiento de Mislata
  • Proyecto deportivo de la actividad o programa a subvencionar
  • Declaración responsable de no estar incursa en causas de prohibición del art. 13 LGS
  • Declaración de otras subvenciones, ayudas o ingresos obtenidos para la misma actividad

Cómo solicitar

  1. 1Publicación de la convocatoria en el BOP de Valencia, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en el portal de transparencia y en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Mislata
  2. 2Fase a) Entrega de documentación administrativa: del 15 al 26 de junio de 2026 (o, si fuera posterior, en los 15 días naturales siguientes a la publicación en el BOP de Valencia)
  3. 3Fase b) Entrega de documentación justificativa: desde la publicación de la convocatoria en el BOP de Valencia hasta el 15 de julio de 2026 (o, si fuera posterior, en los 15 días naturales siguientes a dicha publicación)
  4. 4Tramitación en régimen de concurrencia competitiva conforme a los artículos 22 y ss. de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
  5. 5Valoración de las solicitudes conforme a los criterios establecidos en las bases reguladoras
  6. 6Resolución de concesión y notificación a las entidades beneficiarias
  7. 7Justificación de la actividad objeto de subvención conforme al artículo 34.3 LGS y al apartado 7 de las bases
  8. 8Pago de la subvención una vez justificada la actividad
  9. 9En su caso, reintegro de fondos conforme al artículo 37 LGS si procede

Dónde: Sede electrónica y registro del Ayuntamiento de Mislata (https://mislata.sedipualba.es)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912513Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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