BASES REGULADORAS
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Descripción
Subvenciones municipales para asociaciones sin ánimo de lucro del municipio de Burguillos de Toledo destinadas a financiar actividades socio-culturales, deportivas y de participación ciudadana en 2026, con un presupuesto total de 40.000 € y un importe máximo por beneficiario de 6.000 € (hasta el 90% del proyecto).
Requisitos
- Carecer de ánimo de lucro
- Estar legalmente inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Burguillos de Toledo
- Tener entre sus fines estatutarios el desarrollo de programas, proyectos y/o actividades relacionadas con el objeto de la subvención
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Burguillos de Toledo, así como del reintegro de subvenciones
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- No estar incursas en ninguna de las causas de prohibición contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
Documentación necesaria
- Instancia de solicitud de la subvención municipal (Anexo I)
- Declaraciones responsables contenidas en el Anexo II (estar al corriente con obligaciones tributarias, Seguridad Social y fiscales con el Ayuntamiento)
- Certificado de socios emitido por la entidad, con indicación del número de asociados
- Memoria del proyecto de la entidad solicitante con descripción de actividades, medios materiales y humanos, objetivos, indicadores de evaluación, calendario de ejecución y memoria económica con presupuesto
- Documentación acreditativa de la representación del solicitante
- NIF del representante
- Certificado de representación
- NIF de la entidad
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar el modelo de solicitud (Anexo I) y las declaraciones responsables (Anexo II)
- 2Reunir la documentación requerida: memoria del proyecto, certificados, NIF y documentación de representación
- 3Presentar la solicitud y documentación en el Registro General del Ayuntamiento de Burguillos de Toledo, o mediante cualquiera de los medios previstos en el artículo 14 de la Ley 39/2015, dentro del plazo de 15 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo
- 4Si la solicitud presenta defectos, subsanar en el plazo máximo e improrrogable de 10 días desde el requerimiento, en caso contrario se tendrá por desistido
- 5Esperar la instrucción del expediente, valoración por la comisión de baremación y propuesta de resolución a la Alcaldía
- 6Recibir la resolución del Alcalde de concesión o denegación de la subvención
- 7Ejecutar el proyecto entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
- 8Justificar la subvención antes del 31 de enero de 2027 mediante la presentación de la cuenta justificativa con facturas, justificantes de pago, memoria justificativa y documentación gráfica
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Burguillos de Toledo (o mediante cualquiera de los medios establecidos en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
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