CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA REGULAR LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA CONCEDIDA POR EL AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN D’ALACANT A LA RONDALLA PARROQUIAL DE SAN JUAN (ORQUESTA DE PULSO Y PUA)
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Descripción
Subvención nominativa de 1.500 euros concedida por el Ayuntamiento de Sant Joan d'Alacant a la Comisión de Fiestas San Antonio de Padua para colaborar en la financiación de las actividades propias de la entidad, incluyendo la organización de las fiestas patronales del barrio (ofrenda de flores y actuaciones del día).
Requisitos
- Estar inscrito en el Registro de Entidades de Interés Municipal (REIM)
- Notificar al REIM cualquier cambio en los datos inscritos dentro del mes siguiente
- Comunicar en el primer cuatrimestre de cada año el programa anual de actividades, presupuesto anual y número actualizado de personas asociadas
- Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención
- Acreditar ante el Ayuntamiento el destino efectivo de la subvención
- Incluir la imagen institucional del Ayuntamiento en toda la documentación y publicidad
- Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras ayudas o subvenciones
- Comunicar cualquier modificación en la actividad que afecte a los gastos del proyecto
- Elaborar toda la documentación en las dos lenguas oficiales (valenciano y castellano)
- Utilizar lenguaje inclusivo y no sexista en la publicidad y difusión de las actividades
- No incurrir en las circunstancias del artículo 13.2 de la LGS
Documentación necesaria
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones de la subvención
- Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas (Anexo III-B)
- Relación clasificada de gastos e inversiones de la actividad con facturas (Anexo IA)
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil
- Documentación acreditativa del pago
- Declaración responsable de otros ingresos, ayudas o subvenciones que hayan financiado la actividad
- Carta de pago de reintegro en caso de remanentes no aplicados
- Documentación acreditativa de haber solicitado tres ofertas de diferentes proveedores (si aplica, art. 31.3 LGS)
- Certificado acreditativo del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Declaración responsable de no incurrir en las circunstancias del artículo 13.2 de la LGS
- Memoria valorada de actividades o programas a desarrollar (para pago anticipado)
Cómo solicitar
- 1El Ayuntamiento concede la subvención de oficio mediante Decreto de Alcaldía
- 2La entidad beneficiaria puede solicitar un pago anticipado del 90% del importe como financiación necesaria
- 3Para el pago anticipado, presentar la documentación requerida junto a la solicitud
- 4Realizar la actividad subvencionada (entre el 1 de septiembre de 2025 y el 30 de agosto de 2026)
- 5Antes del 30 de septiembre de cada año, presentar la cuenta justificativa de la subvención
- 6Presentar la justificación en el Registro General de entrada del Ayuntamiento (presencial o telemático)
Dónde: Registro General de entrada del Ayuntamiento de Sant Joan d'Alacant (presencial o a través de la sede electrónica https://santjoandalacant.sedelectronica.es/)
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