ORDENANZA DE SUBVENCIONES
Plazo de solicitudHasta 16 feb 2005
Estadocerrada
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Descripción
Aprobación definitiva de la modificación de ordenanzas fiscales para 2005 que establece bonificaciones en la cuota del IBI para sujetos pasivos en función del valor catastral del inmueble y de sus circunstancias familiares, con solicitud previa en los plazos indicados.
Requisitos
- Estar empadronado a la fecha de devengo del impuesto
- Que no exista variación de las circunstancias familiares
- No haber cambiado de residencia habitual
- Solicitar la bonificación dentro de los plazos establecidos
Documentación necesaria
- Título oficial vigente que acredite las circunstancias familiares
- Solicitud del sujeto pasivo
Cómo solicitar
- 1Solicitar la bonificación por el sujeto pasivo ante el Ayuntamiento
- 2Para inmuebles del padrón anual y ejercicio 2005: presentar solicitud hasta el 16 de febrero
- 3Para ejercicios sucesivos: solicitar antes del 1 de enero (fecha de devengo)
- 4Para inmuebles no incluidos en el padrón anual (nuevas altas catastrales): solicitar antes de que la liquidación sea firme en vía administrativa
Dónde: Ayuntamiento de Toledo
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Fuente oficial https://www.villaminaya.es/ARCHIVO/documentos/documentos/1738137151_1.--bop-28-12-2004.-ordenanza-de-subvenciones-boletn-oficial-de-la-provincia-de-toledo-n.-297-28-12-2004-boletines-ordinarios.pdfDatos extraídos el 27 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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