Ayudalíza
Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

AYUDAS A LAS MUJERES EMBARAZADAS...

ImporteHasta 150 €
Plazo de solicitudHasta 31 dic 2015
Estadocerrada

Análisis con IA para tu perfil

Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.

o hazte Premium · 1,50€/mes

Descripción

Ayudas económicas temporales de 150 euros al mes destinadas a mujeres embarazadas residentes en Castilla-La Mancha con insuficiencia de recursos, para apoyar el acceso al empleo y la conciliación de la vida laboral y familiar durante el embarazo y hasta un máximo de 24 meses tras el nacimiento del niño.

Requisitos

  • Estar embarazada de al menos 14 semanas de gestación
  • Estar empadronada de manera ininterrumpida en Castilla-La Mancha con al menos un año de antelación a la solicitud
  • Tener el domicilio fiscal en el territorio de Castilla-La Mancha
  • Disponer la unidad familiar de unas rentas o ingresos mensuales que no superen el 100% del IPREM para un miembro, incrementándose un 25% del IPREM por cada miembro adicional, con un máximo de 2 IPREM
  • No ser beneficiaria del Ingreso Mínimo de Solidaridad
  • No percibir otras prestaciones para la misma finalidad de cualquier Administración Pública o entidad privada
  • Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de pago de obligaciones de reintegro de subvenciones con la Administración Regional
  • No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003

Documentación necesaria

  • Informe médico del Médico de Familia de Atención Primaria que acredite el embarazo
  • Informes trimestrales del médico o matrona sobre el seguimiento del embarazo
  • Certificación del padrón municipal con antigüedad y convivientes
  • Declaración del IRPF o Certificado de Nivel de Renta General
  • Certificado de la Agencia Tributaria (si no percibe ingresos sujetos a IRPF)
  • Declaración responsable de no estar incursa en prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003
  • Autorización de cesión de datos de la solicitante y demás miembros de la unidad familiar
  • Informe-propuesta de los Servicios Sociales de Atención Primaria
  • Certificado o partida de nacimiento del niño (para renovaciones)

Cómo solicitar

  1. 1Formalizar la solicitud conforme al modelo establecido en el anexo de la Orden
  2. 2Dirigir la solicitud al titular de la Dirección General competente en materia de familia
  3. 3Presentar la solicitud telemáticamente en la sede electrónica de la Junta de Comunidades (http://www.jccm.es) o presencialmente en el registro de los Servicios Centrales o Servicios Periféricos de la Consejería competente, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992
  4. 4La solicitud puede presentarse desde la semana 14 de gestación hasta el momento previo al parto
  5. 5Subsanar la documentación en el plazo de 10 días si la solicitud estuviera incompleta o faltaran documentos preceptivos
  6. 6El Servicio de Familia, Infancia y Menores instruye el expediente y emite propuesta de resolución provisional
  7. 7Posibilidad de presentar alegaciones en un plazo de 10 días tras la notificación de la propuesta provisional
  8. 8El titular de la Dirección General competente en materia de familia dicta resolución en el plazo máximo de un mes

Dónde: Sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (http://www.jccm.es) o registro de los Servicios Centrales o Servicios Periféricos de la Consejería competente en materia de servicios sociales, así como en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992

Pregunta sobre esta ayuda

Resuelve dudas sobre requisitos, plazos o cómo solicitarla. Respuestas orientativas.

Pregúntame lo que quieras sobre «AYUDAS A LAS MUJERES EMBARAZADAS...»: requisitos, plazo, documentación o cómo solicitarla.

Orientativo · verifica siempre en la fuente oficial
Fuente oficial https://www.urda.es/images/documentos/ssociales/ayudas%20embarazadas.pdfDatos extraídos el 27 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoria

Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.