BASES AYUDAS PARA AUTONOMOS Y EMPRESAS AFECTADOS POR LAS OBRAS REALIZADAS EN LAS CALLES MAYOR Y PAU.
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Descripción
Línea de ayudas municipales destinada a pymes, micropymes, autónomos y otros colectivos sujetos a mutualidades con actividad en las calles Mayor y Pau, para compensar las pérdidas económicas derivadas de las obras de peatonalización (caída de clientela, restricciones de tráfico y accesibilidad). Se subvenciona el 100% de los gastos corrientes justificados y pagados, con un máximo de 3.000 € por beneficiario y un crédito total de 30.000 €.
Requisitos
- Ser pyme, micropyme, autónomo u otro colectivo sujeto a mutualidad, ejerciendo actividad empresarial, comercial o profesional en las calles Mayor o Pau.
- Encontrarse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad correspondiente a fecha 1 de marzo de 2025 (según se indica en las bases).
- Haber experimentado una reducción mínima del 20% de facturación en los meses solicitados, comprendidos entre el 1 de marzo de 2025 y el 28 de febrero de 2026, en comparación con el mismo periodo del ejercicio 2024.
- Que el local físico donde se ejerce la actividad económica se encuentre en la calle Mayor o calle Pau y estuviese en funcionamiento con anterioridad al inicio de las obras.
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.
Documentación necesaria
- Modelo normalizado de solicitud de ayuda firmado por el interesado o representante legal (Anexo II).
- Para personas físicas: fotocopia del DNI/NIE del firmante y documento actualizado justificante del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutua profesional.
- Para personas jurídicas, sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica: fotocopia del CIF, DNI/NIE del representante firmante, escritura pública y estatutos o contrato privado de constitución, acreditación de poderes del administrador o representante legal, documento de alta en la Seguridad Social del administrador e Informe de Vida Laboral actualizado.
- Modelo normalizado de Poder de representación (Anexo I), si procede.
- Certificado de situación censal de la AEAT indicando el domicilio del local de actividad.
- Modelo normalizado de datos de domiciliación bancaria: ficha de mantenimiento de terceros (Anexo III).
- Declaración responsable firmada (contenida en Anexo II) sobre ayudas previas, no incursión en prohibiciones, conservación de documentación durante 5 años, cumplimiento del artículo 14 de la LGS, comunicación de modificaciones y de solicitudes a otras administraciones, y compromiso de destino de la subvención.
- Declaración responsable de reducción mínima del 20% de facturación (Anexo IV), acompañada de modelos 303 (IVA) y 130 y/o 131 (IRPF) de los ejercicios 2024, 2025 y 2026.
- Cuenta justificativa del gasto subvencionable realizado (Anexo V), con facturas y documentos equivalentes de los gastos, junto con la acreditación del pago (transferencia o cargo bancario), correspondientes al periodo entre el 1 de marzo de 2025 y el 28 de febrero de 2026.
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.
Cómo solicitar
- 1Revisar el cumplimiento de los requisitos y preparar la documentación exigida en la Base 5ª.
- 2Cumplimentar el modelo normalizado de solicitud (Anexo II) y los anexos correspondientes (I, III, IV y V).
- 3Presentar la solicitud, junto con toda la documentación, de forma presencial en la Oficina de Atención al Ciudadano (Calle Les Escoles, nº 2) en horario de 9:00 a 14:00 h, o telemáticamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Benitachell.
- 4Si la solicitud no reuniera los requisitos o faltasen documentos, se requerirá al solicitante para que en el plazo de 10 días hábiles subsane la falta o aporte los documentos preceptivos; en caso contrario, se le tendrá por desistido de su petición.
- 5Esperar la valoración por la Comisión de Valoración y la publicación de la propuesta provisional en la web municipal y tablón de edictos electrónico, con plazo de 10 días hábiles para alegaciones o subsanación.
- 6Una vez resuelta la concesión, publicación de la resolución definitiva en la web y tablón electrónico del Ayuntamiento, con posibilidad de recurso potestativo de reposición en un mes o recurso contencioso-administrativo.
- 7Recibir el pago mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada en la Ficha de Mantenimiento de Terceros, una vez justificados los gastos y tras la resolución de concesión.
Dónde: Presencialmente en la Oficina de Atención al Ciudadano (Calle Les Escoles, nº 2, horario 9:00 a 14:00 h) o telemáticamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Benitachell (El Poble Nou de Benitatxell).
Pregunta sobre esta ayuda
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