Ayudalíza
CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL

ORDEN de 18 de junio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la recría de las razas autóctonas de rumiantes amenazadas de Galicia y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento MR536C).

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Descripción

Ayudas destinadas a fomentar la recría de hembras y machos de razas autóctonas gallegas amenazadas (vacuno, ovino y caprino) para titulares de explotaciones ganaderas inscritas en los libros genealógicos. La ayuda es de hasta 350 € por animal de vacuno y 60 € por animal de pequeños rumiantes, con un máximo de 15.000 € por beneficiario.

Requisitos

  • Ser persona física o jurídica titular de una explotación ganadera ubicada en Galicia, inscrita en el libro genealógico de las razas autóctonas indicadas en el Anexo I en la fecha de finalización del plazo de solicitud
  • Estar al corriente de pago de las cuotas establecidas por la asociación de criadores oficialmente designada para llevar el libro genealógico
  • Ser explotación colaboradora del programa de cría y cumplir con las obligaciones del libro genealógico y del programa
  • Tener la explotación de alta en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Galicia en la fecha de finalización del plazo de solicitud
  • Comunicar a la asociación los incidentes de los animales incluidos en el libro genealógico
  • Registrar las hembras y machos nacidos en la explotación en el libro genealógico de la raza
  • Cumplir con las obligaciones del artículo 11 de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia y no estar incurso en ninguna circunstancia del artículo 10
  • Declarar en el Anexo II las ayudas de minimis recibidas en el período de los tres años previos
  • Los animales deben estar presentes en la explotación a 15 de julio de 2026, con edad entre 12 y 24 meses (vacuno) o entre 6 y 18 meses (ovino y caprino)
  • Compromiso de permanencia de los animales en la explotación durante al menos 12 meses desde la finalización del plazo de solicitud
  • Para ganado vacuno: disponer de genotipado y parentesco comprobado por la asociación de criadores
  • Los animales no pueden estar castrados

Documentación necesaria

  • Formulario normalizado (anexo II) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia
  • DNI/NIE de la persona solicitante
  • DNI/NIE de la persona representante (en su caso)
  • NIF de la persona jurídica solicitante
  • NIF de la entidad representante (en su caso)
  • Certificación de la asociación de criadores de cumplimiento de requisitos y número de animales inscritos
  • Datos de genotipado y parentesco para ganado vacuno, enviados directamente a la asociación de criadores
  • Declaración de ayudas de minimis recibidas en los tres años previos
  • Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias con la AEAT (salvo oposición a la consulta)
  • Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social (salvo oposición a la consulta)
  • Certificado de estar al corriente con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia (salvo oposición a la consulta)

Cómo solicitar

  1. 1Acceder a la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal)
  2. 2Cumplimentar el formulario normalizado (anexo II) indicando la raza o razas para las que se solicita ayuda
  3. 3Identificarse y firmar electrónicamente mediante Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365) u otro mecanismo admitido por la sede electrónica
  4. 4Para ganado vacuno: enviar los datos de genotipado y parentesco a la asociación de criadores correspondiente en un plazo máximo de 3 meses desde la publicación de la orden
  5. 5Presentar la solicitud electrónicamente a través del formulario normalizado en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la orden en el DOG
  6. 6Si se detecta alguna deficiencia, el órgano instructor requerirá su subsanación concediendo un plazo de diez días
  7. 7Esperar la resolución, que será dictada y notificada en un plazo máximo de cinco meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOG
  8. 8Las notificaciones y trámites posteriores se realizarán a través de la Carpeta ciudadana en la sede electrónica y mediante el sistema Notifica.gal

Dónde: Sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal), de forma obligatoria por medios electrónicos

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Orientativo · verifica siempre en la fuente oficial
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/915671Datos extraídos el 27 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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