CONVOCATORIA DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL ALQUILER DEL AÑO 2026
Próximamente · pendiente de publicación oficial
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Descripción
Ayudas directas a inquilinos para financiar parte de la renta de alquiler de vivienda, destinadas a personas con escasos recursos económicos empadronadas en Santa Eulària des Riu. La cuantía cubre dos mensualidades y media (máximo 1.900 €) para solicitantes de hasta 35 años o a partir de 65 años, y dos mensualidades (máximo 1.700 €) para el resto, pudiendo incrementarse hasta 3.000 € en caso de sobrante o aportaciones adicionales.
Requisitos
- Ser persona física mayor de edad
- Estar empadronado en Santa Eulària des Riu al menos 5 años ininterrumpidos, o 6 dentro de los últimos 10 años antes de la finalización del plazo de solicitud
- Ser titular en calidad de inquilino de un contrato de alquiler en vigor formalizado según la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos
- Solo se puede solicitar una ayuda por vivienda en régimen de alquiler
- Estar al corriente del pago de las rentas de alquiler de mayo y junio de 2026
- Que la vivienda objeto de alquiler esté situada en el término municipal de Santa Eulària des Riu
- Que todos los residentes en la vivienda tengan nacionalidad española o residencia legal en España
- Renta máxima mensual del alquiler igual o inferior a 1.700 €
- Ingresos de la unidad de convivencia no superiores a 37.800 € (4,5 IPREM) para una persona adulta, más 12.600 € (1,5 IPREM) por cada miembro adicional
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
- No ser propietario o usufructuario de vivienda en España (salvo excepciones justificadas)
- No tener parentesco de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con el arrendador
- No ser socio o partícipe de la persona arrendadora
- No tener deudas con el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu en la fecha de publicación de la resolución provisional
- No haber sido sancionado o condenado en los últimos 5 años por prácticas discriminatorias por razón de sexo o género
- No haber sido condenado en firme en los últimos 5 años por delito de usurpación de bienes inmuebles
- Todas las personas de la unidad de convivencia mayores de 18 años deben estar en situación activa de empleo (por cuenta ajena o propia) entre el 01/05/2026 y la fecha de publicación del extracto en el BOIB, con un mínimo de 30 días naturales ininterrumpidos de alta (salvo excepciones: discapacidad >65%, estudiantes ≤25 años, pensionistas, mayores de 65 años sin pensión, u otras causas justificadas)
Documentación necesaria
- Anexo de solicitud de ayuda y declaración responsable firmado por el solicitante y por cada miembro de la unidad de convivencia mayor de 18 años
- DNI, NIE o documento equivalente en vigor de los titulares del contrato y de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años
- Copia completa del contrato de alquiler en vigor, en castellano o lengua cooficial
- Recibos de alquiler pagados de los meses de mayo y junio de 2026 (justificantes bancarios o recibos firmados por el arrendador con copia de su DNI/NIE)
- Documentación acreditativa de situación activa de empleo de los mayores de 18 años: vida laboral actualizada
- Documentación justificativa para las excepciones del requisito de empleo (discapacidad >65%, estudiantes, pensionistas, mayores de 65 años sin pensión, otras causas)
- Certificado histórico de convivencia que acredite la identidad de todas las personas con domicilio en la vivienda
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 (incluida en el anexo, apartado 5)
- Declaración responsable de no haber sido condenado por prácticas discriminatorias ni por delito de usurpación de inmuebles
Cómo solicitar
- 1Esperar a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB)
- 2Descargar y cumplimentar el anexo de solicitud y declaración responsable disponible en la sede electrónica
- 3Reunir toda la documentación requerida (identificación, contrato, recibos pagados, vida laboral, certificado de convivencia, etc.)
- 4Presentar la solicitud junto con la documentación en el plazo de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOIB
- 5En caso de documentación incompleta, subsanar en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación del requerimiento en el tablón de anuncios
- 6Esperar la resolución provisional, la resolución definitiva y el pago de la ayuda, si procede
Dónde: Registro telemático del Ayuntamiento (www.santaeulariadesriu.com), Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, oficinas municipales de Jesús y es Puig d'en Valls, u oficinas de Correos
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