Licencia de apertura de establecimientos
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Descripción
Tasa municipal por la prestación de los servicios técnicos y administrativos previos a la concesión de Licencias de Apertura de establecimientos industriales, mercantiles o profesionales en San Mateo de Gállego. El titular obtiene la licencia que le faculta para abrir y operar el local, previo pago de la tarifa correspondiente (200 €, 100 € o 100 € según el caso).
Requisitos
- Ser persona física o jurídica titular de la actividad que se pretende desarrollar o se desarrolle en cualquier establecimiento industrial o mercantil
- Solicitar la licencia con anterioridad a la apertura del establecimiento o local
- En caso de carecer de licencia debiendo tenerla, formular la solicitud dentro de los quince días siguientes al requerimiento municipal
- Para actividades clasificadas según el Decreto 2414/1961 (molestas, insalubres, nocivas o peligrosas): aportar tres ejemplares del Proyecto y una Memoria descriptiva
- Acreditar, en caso de transmisión bonificada, alta y baja simultánea en Licencia Fiscal / IAE del antecesor y sucesor en el mismo ejercicio o en el consecutivo
- Haber obtenido previamente licencia de apertura el antecesor o haber satisfecho las tasas provisionales (para bonificaciones por transmisión familiar)
Documentación necesaria
- Instancia dirigida al Sr. Alcalde del Ayuntamiento
- Documentos justificativos de las circunstancias que sirvan de base para la liquidación de derechos
- Para actividades clasificadas: tres ejemplares del Proyecto técnico
- Para actividades clasificadas: Memoria descriptiva con características de la actividad, posible repercusión sobre la sanidad ambiental y sistemas correctivos, con su grado de eficacia y garantía de seguridad
- Documentación indicada en la Ordenanza reguladora de los instrumentos de intervención municipal: licencias, declaración responsable y comunicación previa
- Justificación de la transmisión (para bonificación del 50% entre padres e hijos o cónyuges)
Cómo solicitar
- 1Formular la solicitud mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de San Mateo de Gállego
- 2Presentar la instancia en el Registro del Ayuntamiento, acompañada de los documentos justificativos
- 3Aportar, si la actividad está comprendida en el Decreto 2414/1961, tres ejemplares del Proyecto y la Memoria descriptiva
- 4Esperar la liquidación provisional practicada por el Ayuntamiento y el recibo correspondiente
- 5Efectuar el pago de la tasa (carácter únicamente fiscal, no faculta por sí solo para la apertura)
- 6Obtener la resolución de la Alcaldía: autorización transitoria en precario (actividades no clasificadas) o tramitación completa según el Decreto 2414/1961 (actividades clasificadas)
- 7Abrir el establecimiento una vez concedida la licencia y cumplidos todos los requisitos; la licencia caduca si no se abre en tres meses
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de San Mateo de Gállego, Plaza de España, 5, 50840 San Mateo de Gállego (Zaragoza)
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