Impuesto sobre bienes inmubles
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Descripción
Ordenanza fiscal municipal que regula el Impuesto sobre Bienes Inmuebles en San Mateo de Gállego, fijando tipos de gravamen (0,59% urbanos, 0,50% rústicos) y bonificaciones de hasta el 50% en la cuota íntegra para viviendas de protección oficial, inmuebles con actividad ganadera y un 20% para familias numerosas titulares de su vivienda habitual.
Requisitos
- Ser sujeto pasivo del IBI en el municipio de San Mateo de Gállego
- Para bonificación por VPO: que la vivienda sea de protección oficial o equiparable conforme a la normativa de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Para bonificación por actividad ganadera: desarrollar efectivamente actividades económicas de carácter ganadero en el inmueble
- Para bonificación por familia numerosa: ostentar la condición de titular de familia numerosa, ser sujeto pasivo del impuesto de una única vivienda en el municipio y que esta constituya la vivienda habitual de la unidad familiar
- Para bonificación de empresas urbanizadoras/constructoras/promotoras: solicitar antes del inicio de las obras y acreditar la condición de empresa dedicada a urbanización, construcción o promoción inmobiliaria
- Que el inmueble objeto de bonificación sea de propiedad de la empresa y no forme parte de su inmovilizado
Documentación necesaria
- Para bonificación de empresas urbanizadoras/constructoras/promotoras: certificado del Técnico-Director competente de las obras visado por el Colegio Profesional
- Estatutos de la sociedad que acredite dedicación a actividad de urbanización, construcción o promoción inmobiliaria
- Copia de la escritura pública o alta catastral del inmueble
- Certificación del Administrador de la Sociedad o fotocopia del último balance presentado ante la AEAT
- Fotocopia del alta o último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas
- Para bonificación VPO: copia de la cédula de calificación de Vivienda de Protección Oficial
- Para bonificación VPO: copia de la escritura o nota simple registral del inmueble
- Para bonificación VPO: si no consta referencia catastral en la escritura, fotocopia del recibo del IBI del ejercicio anterior
- Para bonificación por familia numerosa: documento acreditativo del título de familia numerosa en vigor
- Para bonificación por actividad ganadera: documentos que acrediten la realización de la actividad ganadera
- Certificaciones acreditativas de no haber sido descalificado el inmueble y de constituir el domicilio habitual del sujeto pasivo (en caso de bonificación automática VPO solicitada fuera de plazo)
Cómo solicitar
- 1Identificar la bonificación aplicable según la situación del solicitante (VPO, actividad ganadera, familia numerosa, empresa promotora)
- 2Reunir la documentación acreditativa correspondiente a la bonificación solicitada
- 3Presentar la solicitud en el Registro del Ayuntamiento de San Mateo de Gállego (Plaza de España, 5, 50840 Zaragoza)
- 4Para empresas urbanizadoras: solicitar la bonificación antes del inicio de las obras
- 5Para bonificación VPO automática: surtirá efecto desde el periodo impositivo siguiente a la solicitud, si se solicita antes de la terminación de los 2 periodos impositivos de duración
- 6Para bonificación de familia numerosa: la solicitud surtirá efecto en el ejercicio siguiente a aquel en que se solicite
- 7La renovación del título de familia numerosa exige nueva solicitud de bonificación
Dónde: Ayuntamiento de San Mateo de Gállego, Plaza de España, 5, 50840 San Mateo de Gállego (Zaragoza). Teléfono: 976 68 41 80. Fax: 976 68 44 30. También a través de la sede electrónica https://sede.sanmateodegallego.es
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