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Ayuntamiento de San Mateo de Gállego

Impuesto sobre bienes inmubles

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Descripción

Ordenanza fiscal municipal que regula el Impuesto sobre Bienes Inmuebles en San Mateo de Gállego, fijando tipos de gravamen (0,59% urbanos, 0,50% rústicos) y bonificaciones de hasta el 50% en la cuota íntegra para viviendas de protección oficial, inmuebles con actividad ganadera y un 20% para familias numerosas titulares de su vivienda habitual.

Requisitos

  • Ser sujeto pasivo del IBI en el municipio de San Mateo de Gállego
  • Para bonificación por VPO: que la vivienda sea de protección oficial o equiparable conforme a la normativa de la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Para bonificación por actividad ganadera: desarrollar efectivamente actividades económicas de carácter ganadero en el inmueble
  • Para bonificación por familia numerosa: ostentar la condición de titular de familia numerosa, ser sujeto pasivo del impuesto de una única vivienda en el municipio y que esta constituya la vivienda habitual de la unidad familiar
  • Para bonificación de empresas urbanizadoras/constructoras/promotoras: solicitar antes del inicio de las obras y acreditar la condición de empresa dedicada a urbanización, construcción o promoción inmobiliaria
  • Que el inmueble objeto de bonificación sea de propiedad de la empresa y no forme parte de su inmovilizado

Documentación necesaria

  • Para bonificación de empresas urbanizadoras/constructoras/promotoras: certificado del Técnico-Director competente de las obras visado por el Colegio Profesional
  • Estatutos de la sociedad que acredite dedicación a actividad de urbanización, construcción o promoción inmobiliaria
  • Copia de la escritura pública o alta catastral del inmueble
  • Certificación del Administrador de la Sociedad o fotocopia del último balance presentado ante la AEAT
  • Fotocopia del alta o último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas
  • Para bonificación VPO: copia de la cédula de calificación de Vivienda de Protección Oficial
  • Para bonificación VPO: copia de la escritura o nota simple registral del inmueble
  • Para bonificación VPO: si no consta referencia catastral en la escritura, fotocopia del recibo del IBI del ejercicio anterior
  • Para bonificación por familia numerosa: documento acreditativo del título de familia numerosa en vigor
  • Para bonificación por actividad ganadera: documentos que acrediten la realización de la actividad ganadera
  • Certificaciones acreditativas de no haber sido descalificado el inmueble y de constituir el domicilio habitual del sujeto pasivo (en caso de bonificación automática VPO solicitada fuera de plazo)

Cómo solicitar

  1. 1Identificar la bonificación aplicable según la situación del solicitante (VPO, actividad ganadera, familia numerosa, empresa promotora)
  2. 2Reunir la documentación acreditativa correspondiente a la bonificación solicitada
  3. 3Presentar la solicitud en el Registro del Ayuntamiento de San Mateo de Gállego (Plaza de España, 5, 50840 Zaragoza)
  4. 4Para empresas urbanizadoras: solicitar la bonificación antes del inicio de las obras
  5. 5Para bonificación VPO automática: surtirá efecto desde el periodo impositivo siguiente a la solicitud, si se solicita antes de la terminación de los 2 periodos impositivos de duración
  6. 6Para bonificación de familia numerosa: la solicitud surtirá efecto en el ejercicio siguiente a aquel en que se solicite
  7. 7La renovación del título de familia numerosa exige nueva solicitud de bonificación

Dónde: Ayuntamiento de San Mateo de Gállego, Plaza de España, 5, 50840 San Mateo de Gállego (Zaragoza). Teléfono: 976 68 41 80. Fax: 976 68 44 30. También a través de la sede electrónica https://sede.sanmateodegallego.es

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Fuente oficial https://sanmateodegallego.es/wp-content/uploads/2018/05/5.-impuesto-bienes-inmuebles.pdfDatos extraídos el 26 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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