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Descripción
Exención del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) para personas con movilidad reducida o con discapacidad (grado igual o superior al 33%) titulares de vehículos matriculados a su nombre para uso exclusivo, así como para vehículos especialmente construidos para personas con movilidad reducida conforme al Anexo II del Reglamento General de Vehículos. El beneficio es la no sujeción al pago del impuesto municipal sobre el vehículo.
Requisitos
- Ser titular del vehículo para el que se solicita la exención
- El vehículo debe destinarse al uso exclusivo de la persona con discapacidad (titular o transportada)
- En caso de persona con discapacidad: tener reconocida legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33%
- En caso de vehículo para movilidad reducida: tara no superior a 350 kg, velocidad máxima en llano de 45 km/h, y estar proyectado y construido especialmente (no meramente adaptado) para el uso de personas con alguna disfunción o incapacidad física
Documentación necesaria
- Fotocopia del permiso de circulación del vehículo
- Fotocopia del certificado de características técnicas del vehículo
- Fotocopia del carné de conducir (anverso y reverso)
- Fotocopia del certificado de discapacidad en grado igual o superior al 33% expedido por el organismo o autoridad competente (para vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad para uso exclusivo)
- Declaración jurada de que el vehículo se destina al uso exclusivo de la persona con discapacidad (para vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad para uso exclusivo)
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar el modelo oficial de solicitud con los datos del solicitante y, en su caso, del representante
- 2Especificar el supuesto de exención aplicable (vehículo para persona con movilidad reducida o vehículo para persona con discapacidad para uso exclusivo)
- 3Adjuntar la documentación requerida, con fotocopias cotejadas en el Registro General de la Corporación o compulsadas
- 4En su caso, cumplimentar y firmar el modelo de declaración jurada
- 5Presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de San Mateo de Gállego
- 6Esperar la resolución del Ayuntamiento por la que se declara la concesión de la exención y se expide el documento acreditativo
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de San Mateo de Gállego, Plaza de España nº 5, 50840 San Mateo de Gállego, Zaragoza
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