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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

INCENDIOS. Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a ganaderos en activo afectados por los grandes incendios forestales de 2025 en Zamora

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Plazo de solicitudHasta 22 jul 2026
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Descripción

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a titulares en activo de explotaciones ganaderas de bovino y equino (caballar) de la provincia de Zamora para compensar las pérdidas por muerte, pérdida o sacrificio de ganado ocasionadas por los grandes incendios forestales de 2025, con baremos objetivos por cabeza (hasta 2.500 € por caballo adulto reproductor) descontando las ayudas de la Junta de Castilla y León y las indemnizaciones de seguros.

Requisitos

  • Ser titular de explotación ganadera de bovino y/o equino (caballar) registrada conforme al Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo
  • Haber sufrido daños de muerte en ejemplares de su ganadería durante los incendios acaecidos en 2025 en la provincia de Zamora
  • Tener la explotación ganadera ubicada en alguna de las localidades de Castilla y León evacuadas durante los incendios del verano 2025, según Orden MAV/945/2025, de 20 de agosto, y órdenes sucesivas
  • Haber sido beneficiario de las ayudas reguladas mediante la Orden AGR/978/2025, de 28 de agosto, de la Junta de Castilla y León
  • Acreditar ante la Diputación Provincial los daños sufridos y el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la concesión
  • Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • No ser deudor de la Diputación Provincial de Zamora
  • No incurrir en las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y 13.2.bis de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Comunicar a la Diputación la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas
  • Dar adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la actividad subvencionada
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y documentos auditados exigidos por la legislación aplicable
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos del artículo 37 de la Ley 38/2003
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero de la Diputación Provincial

Documentación necesaria

  • Acreditación de la capacidad de obrar del beneficiario y, en su caso, de la representación con la que se actúa (DNI para personas físicas o escritura de constitución para personas jurídicas)
  • Fotocopia del NIF (personas jurídicas) o DNI (personas físicas)
  • Certificación del acuerdo de solicitud de la ayuda adoptado por el órgano competente de la entidad y compromiso de realización de la actividad subvencionada
  • Relación de animales por los que se solicita ayuda (Modelo 4439.1501)
  • Acreditación de hallarse al corriente en obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (solo si no se autoriza la consulta)
  • Declaración responsable del titular indicando el municipio en que se encuentra ubicada la explotación
  • Declaración responsable de las cantidades percibidas en concepto de indemnización por el seguro, con indicación de los animales indemnizados y sus justificantes de pago
  • Justificante de las ayudas percibidas de la Junta de Castilla y León por el mismo concepto, indicando los animales subvencionados y los importes

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar el trámite 4439.15 'Solicitud de subvenciones a ganaderos afectados por los incendios de 2025 de la provincia de Zamora' del catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Zamora
  2. 2Las personas físicas pueden presentar la solicitud por cualquiera de las vías previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015; las personas obligadas a relación electrónica deben presentarla por vía electrónica
  3. 3El certificado electrónico debe corresponder al solicitante o a su representante (acreditando poder suficiente)
  4. 4Adjuntar digitalmente como archivos anexos la documentación requerida
  5. 5Plazo de presentación: 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora
  6. 6Si la solicitud no reúne los requisitos, se requerirá al interesado para que en un plazo máximo de 10 días hábiles subsane la falta o aporte los documentos preceptivos
  7. 7El órgano instructor realizará las actuaciones de comprobación y formulará propuesta de resolución provisional con plazo de 10 días hábiles para alegaciones
  8. 8Examinadas las alegaciones, se formulará propuesta de resolución definitiva que será resuelta por la Presidencia de la Diputación

Dónde: Sede electrónica de la Diputación Provincial de Zamora (trámite 4439.15): https://diputaciondezamora.sedelectronica.es/catalog/t/bcdf0e58-e889-4913-8179-8e60f78cf323

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/915274Datos extraídos el 26 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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