Orden de 29 de abril de 2026, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se convoca para el ejercicio 2026 el programa de ayudas para la modernización de establecimientos comerciales y de determinados establecimientos de servicios vinculados a la actividad comercial (MEC)
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Descripción
Programa de ayudas destinado a financiar inversiones para modernizar establecimientos comerciales y determinados servicios vinculados al comercio en el País Vasco, mejorando su competitividad, eficiencia energética, digitalización, accesibilidad y sostenibilidad. Los beneficiarios (autónomos, microempresas y pequeñas empresas) pueden recibir subvenciones para obras, equipamiento, mobiliario, tecnología y eficiencia energética en sus establecimientos físicos a pie de calle.
Requisitos
- Ser persona trabajadora autónoma, sociedad civil, comunidad de bienes, microempresa o pequeña empresa conforme a la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión Europea
- Microempresa: menos de 10 trabajadores y volumen de negocio o balance general no superior a 2 millones de euros
- Pequeña empresa: menos de 50 trabajadores y volumen de negocio o balance general no superior a 10 millones de euros
- Tener la actividad principal y el domicilio social y fiscal en establecimientos físicos a pie de calle ubicados en la CAPV, abiertos y en funcionamiento
- Estar dado de alta en alguno de los epígrafes del IAE establecidos en la base 5ª (comercio minorista y servicios vinculados)
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Estar al corriente de las obligaciones de reintegro de subvenciones
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 20/2023
- No tener sanciones penales o administrativas que impidan obtener ayudas públicas
- No estar sujeto a una orden de recuperación de la Comisión Europea
- Comprometerse a no sobrefinanciar las actividades
- Comprometerse a no deslocalizar la empresa
- No producir, comercializar ni financiar armas (Ley 14/2007)
- No encontrarse en ninguna de las situaciones previstas en el artículo 82 de la Ley 4/2023 sobre igualdad de personas trans y LGTBI
Documentación necesaria
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 4ª
- Facturas y justificantes de pago de las inversiones realizadas entre el 1 de octubre de 2025 y el 15 de septiembre de 2026
- Documentación técnica de las obras, instalaciones o equipamientos realizados
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud según el modelo oficial establecido en la convocatoria
- 2Adjuntar la documentación requerida
- 3Presentar la solicitud en el registro electrónico del Gobierno Vasco o en los registros oficiales habilitados
- 4Esperar la resolución de la Dirección de Comercio
Dónde: Sede electrónica del Gobierno Vasco / Departamento de Turismo, Comercio y Consumo
Pregunta sobre esta ayuda
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