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CONSELL COMARCAL DE PLA DE L'ESTANY

BASES PARA LA CONCESION DE AYUDAS ECONOMICAS Y EN ESPECIE PARA URGENCIA SOCIAL

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Descripción

Ayudas económicas y en especie destinadas a personas y familias en situación de urgencia social o vulnerabilidad residentes en la comarca del Pla de l'Estany, para cubrir necesidades básicas de subsistencia (alimentación, vestido, vivienda, suministros), educación, salud y formación, con el objetivo de atender situaciones puntuales y urgentes y promover su autonomía personal.

Requisitos

  • Ser mayor de 18 años o estar legalmente emancipado, o haber iniciado el trámite de emancipación
  • Estar empadronado en cualquier municipio de la comarca del Pla de l'Estany (salvo personas acogidas en recursos de alojamiento institucional, transeúntes en pobreza extrema o quienes residan en el municipio según el art. 30 de la Ley 13/2006)
  • Que los ingresos mensuales netos de la unidad de convivencia sean iguales o inferiores al IRSC x 1,2 para el primer adulto, más (IRSC x 1,2) x 0,5 por cada adulto adicional y (IRSC x 1,2) x 0,3 por cada menor de 14 años adicional
  • No disponer de bienes inmuebles distintos a la vivienda habitual, ni rentas de actividad económica ni rentas de capital significativas
  • No tener acceso a prestaciones económicas de otras administraciones que cubran total y suficientemente la necesidad surgida

Documentación necesaria

  • Solicitud firmada por la persona solicitante o su representante legal o de hecho
  • Documentación complementaria especificada en el anexo 4 de las bases (considerada como máxima), necesaria para la valoración económica y social
  • Facturas acreditativas del gasto o aviso de corte de suministro (para justificar la ayuda)
  • Acreditación de los requisitos exigidos

Cómo solicitar

  1. 1Presentar la solicitud firmada en el Registro general correspondiente o por cualquier medio previsto en la normativa vigente, acompañada de la documentación del anexo 4
  2. 2Recepción y valoración técnica de la solicitud por los equipos básicos de atención social del Servicio Básico de Atención Social
  3. 3En su caso, requerimiento al solicitante para enmendar errores o aportar documentación en un plazo de 10 días
  4. 4Elaboración del informe preceptivo por el personal técnico de referencia en un plazo máximo de 10 días hábiles
  5. 5Comprobación de recursos, prestaciones y ayudas de otras administraciones
  6. 6Trámite de audiencia a la persona interesada por 15 días para alegaciones y presentación de documentos
  7. 7Posibles entrevistas individuales o familiares y visitas domiciliarias
  8. 8Emisión de propuesta técnica por los equipos básicos de atención social con visto bueno del jefe de Servicio
  9. 9Resolución por la Presidencia o persona en quien delegue

Dónde: Registro general del Consejo Comarcal de El Pla de l'Estany (o cualquier medio previsto en la normativa vigente)

Pregunta sobre esta ayuda

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/915571Datos extraídos el 26 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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