Ayudalíza
AYUNTAMIENTO DE PIÉLAGOS

AYUDAS NECESIDADES BASICAS: BONO ENERGIA, ALIMENTOS, SUMINISTRO E. ELECTRICA, ALQUILER 2025

ImporteHasta 21.947 €
Plazo de solicitudHasta 31 dic 2025
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Descripción

Ordenanza general reguladora de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Piélagos, dirigida a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, para fomentar actividades culturales, educativas, deportivas, asistenciales, de conservación del patrimonio, funcionamiento de Juntas Vecinales, fomento del empleo y eliminación de barreras arquitectónicas, entre otras, sin contraprestación directa.

Requisitos

  • Ser persona física, jurídica, agrupación de personas, comunidad de bienes u otra unidad económica sin personalidad jurídica, sin ánimo de lucro, que desarrolle el proyecto en el término municipal
  • Las asociaciones deben estar inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el Registro de Entidades Deportivas de Cantabria y/o en el Registro Municipal de Asociaciones
  • En el caso de cooperación al desarrollo, las ONGs deben estar inscritas en el Registro Público correspondiente y disponer de sede central en España o delegación en Cantabria
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • No estar incurso en causa de prohibición para obtener la condición de beneficiario
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión
  • Acreditar la realización de la actividad ante la Administración
  • Comunicar la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad
  • Disponer de libros contables registrados y diligenciados
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en caso de incumplimiento

Documentación necesaria

  • Solicitud en impreso normalizado dirigida al Alcalde-Presidente de la Corporación
  • Documentación que se establezca en cada convocatoria específica
  • Declaración responsable de no estar incurso en causa de prohibición para obtener la condición de beneficiario
  • Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Libros contables registrados y diligenciados
  • Documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos
  • Modificaciones surgidas en la realización del proyecto, debidamente justificadas

Cómo solicitar

  1. 1Aprobación de la convocatoria por la Alcaldía, que se publica en el BOC, tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento
  2. 2Presentación de la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento dirigida al Alcalde-Presidente, dentro del plazo señalado en la convocatoria
  3. 3Autorización al órgano instructor para recabar certificados de las Administraciones Tributarias y de la Tesorería General de la Seguridad Social
  4. 4Preevaluación por el instructor (Concejal del área o funcionario), con verificación del cumplimiento de las condiciones
  5. 5Subsanación de solicitudes incompletas en plazo de diez días, con apercibimiento de desistimiento
  6. 6Emisión de informes y evaluación de solicitudes conforme a los criterios de valoración
  7. 7Elevación del expediente a la Comisión Informativa del área correspondiente para informe
  8. 8Notificación de la propuesta de resolución provisional en el tablón de anuncios y web municipal, con plazo de diez días para alegaciones
  9. 9Emisión de propuesta de resolución definitiva por el instructor
  10. 10Resolución motivada por el órgano competente en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria
  11. 11Notificación de la resolución al beneficiario

Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Piélagos, dirigido al Alcalde-Presidente de la Corporación

Pregunta sobre esta ayuda

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/915575Datos extraídos el 26 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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