Resolución de 11 de junio de 2026 de la Dirección General del CDTI E.P.E., por la que se aprueba la concesión directa de ayudas a proyectos de I+D del Programa Estratégico Corea-España 2026
ImporteHasta 5.000.000 €
Plazo de solicitudHasta 23 jul 2026
Estadoabierta
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Descripción
Ayudas en régimen de concesión directa para financiar proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental de empresas españolas que hayan sido seleccionados en la convocatoria conjunta Corea-España 2025-2026 (cierre 28/01/2026), con un presupuesto total de 5.000.000 € y una intensidad de ayuda de hasta el 80% del coste subvencionable.
Requisitos
- Ser empresa (sociedad mercantil, sociedad agraria de transformación, sociedad cooperativa o sociedad laboral) válidamente constituida, con personalidad jurídica propia
- Tener domicilio fiscal en España o, si está en la UE, contar con sucursal en España
- Desarrollar el proyecto de I+D en España
- Haber sido seleccionada en la convocatoria internacional del Programa Estratégico Corea España (KIAT-CDTI)
- Haber obtenido, con carácter previo a la solicitud, el comunicado de aprobación o selección del proyecto por el órgano de gobierno internacional
- No ser agrupación de personas jurídicas
- No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, ni estar sujeta a orden de recuperación por ayuda ilegal e incompatible
- Estar al corriente de las obligaciones de depósito de cuentas anuales en registro oficial (al menos las cuentas de 2024)
- No tener la consideración de empresa en crisis (art. 2.18 del Reglamento UE 651/2014)
- No concurrir en las circunstancias del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- No ser sociedad mercantil estatal ni sociedad con participación pública directa o indirecta superior al 50%
- No estar constituida en países o territorios no cooperadores según la política de la UE
Documentación necesaria
- Solicitud telemática con la documentación del proyecto seleccionado en la convocatoria internacional
- Declaraciones responsables (según Anexo II)
- Tres ofertas de diferentes proveedores para gastos superiores a las cuantías del contrato menor (Ley 9/2017)
- Memoria justificativa de proveedor único cuando no existan suficientes entidades en el mercado
- Informe de revisión de Memoria Económica realizado por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (Anexo I), con límite de 2.000 € por beneficiario y anualidad
- Facturas nominativas que identifiquen los gastos de viajes derivados directamente del proyecto
- Documentación justificativa técnica y económica del proyecto
Cómo solicitar
- 1Obtener el comunicado de aprobación o selección del proyecto emitido por el órgano de gobierno internacional del Programa Corea-España
- 2Cumplimentar la solicitud y la documentación requerida a través de la sede electrónica del CDTI
- 3Presentar la solicitud de forma electrónica conforme al artículo 11 de la resolución
- 4Subsanar la solicitud en caso de que el órgano instructor lo requiera (artículo 12)
- 5Esperar la fase de instrucción y resolución del procedimiento (artículo 15)
- 6Justificar técnica y económicamente las ayudas conforme a los artículos 18 y 19
Dónde: Sede electrónica del CDTI (Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E.)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912587Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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