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Excmo. Ayuntamiento de Novelda - Departamento de Urbanismo, Planeamiento y Disciplina

Modificación Puntual nº 3 del Plan Parcial del Sector SAU-I2 El Fondonet

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Descripción

Modificación puntual de planeamiento urbanístico que cambia la calificación urbanística de 9.135 m² (según registro) / 9.235 m² (según catastro) de suelo dotacional público, pasando de Servicios Administrativos (S/AD/SQA) a Infraestructuras-Servicios Urbanos (S/ID/SQI), para dar cobertura a la construcción de una nave destinada al Servicio Municipal de Limpieza Viaria y recogida de Residuos Sólidos Urbanos por la mercantil URBASER S.A., con obligación de revertir al ayuntamiento a la finalización del contrato.

Requisitos

  • Ser una modificación de planeamiento urbanístico de iniciativa municipal (promovida por el Excmo. Ayuntamiento de Novelda)
  • Afectar exclusivamente a la ordenación pormenorizada del suelo urbano del sector SAU I/2 'El Fondonet'
  • Mantener el equilibrio del planeamiento vigente entre dotaciones públicas y aprovechamiento lucrativo (art. 63.3 LOTUP)
  • No contener determinaciones propias de planeamiento de rango superior ni contradecirlo
  • Someterse a Evaluación Ambiental y Territorial Estratégica según la Ley 5/2014 (LOTUP) de la Comunidad Valenciana

Documentación necesaria

  • Memoria Informativa (objeto, antecedentes, promotor, situación)
  • Memoria Descriptiva y Justificativa (procedencia, justificación, superficies, conclusión)
  • Documento de Evaluación Ambiental y Territorial Estratégica
  • Plano de situación
  • Plano de emplazamiento
  • Plano de ordenación y calificación actual
  • Plano de ordenación y calificación propuesta
  • Ficha de planeamiento con resumen de superficies
  • Certificado del acuerdo plenario de fecha 7 de marzo de 2017 (nº 03/2017)
  • Providencia de Alcaldía de fecha 20 de noviembre de 2017

Cómo solicitar

  1. 1Acuerdo plenario de 7 de marzo de 2017 aprobando inicialmente el cambio de calificación de las parcelas
  2. 2Providencia de Alcaldía de 20 de noviembre de 2017 incoando expediente para la Modificación Puntual nº 3
  3. 3Solicitud a los servicios técnicos municipales (Departamento de Urbanismo) para redactar la Evaluación Ambiental y Territorial Estratégica y la Modificación Puntual
  4. 4Redacción del documento técnico de modificación por el arquitecto Abel Avendaño Pérez (enero 2018)
  5. 5Tramitación conforme al procedimiento previsto en los artículos 63 y concordantes de la Ley 5/2014 (LOTUP)
  6. 6Aprobación por el órgano ambiental y territorial (Ayuntamiento de Novelda, al afectar solo a ordenación pormenorizada)
  7. 7Aprobación definitiva por el órgano competente de la Generalitat Valenciana al tratarse de modificación de un Plan Parcial

Dónde: Registro del Excmo. Ayuntamiento de Novelda - Departamento de Urbanismo, Planeamiento y Disciplina

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Fuente oficial https://www.novelda.es/wp-content/uploads/2025/01/MP3.pdfDatos extraídos el 25 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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