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Excmo. Ayuntamiento de Novelda

REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

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Descripción

Reglamento municipal que regula las formas, medios y procedimientos de información y participación de los vecinos de Novelda en los asuntos de la vida local, reconociendo derechos de participación individual y colectiva, creando Consejos Sectoriales, una Oficina de Información al Ciudadano y un Registro Municipal de Asociaciones. Está dirigido a vecinos del municipio y a asociaciones y entidades legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal.

Requisitos

  • Ser vecino o vecina del término municipal de Novelda
  • Para asociaciones y entidades: estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones
  • No podrán inscribirse partidos políticos ni agrupaciones que formen parte de coaliciones electorales
  • El objeto de las asociaciones debe ser la defensa, fomento o mejora de intereses generales o sectoriales de los vecinos (asociaciones de vecinos, de padres de alumnos, culturales, deportivas, juveniles, sindicales, empresariales, profesionales, ecologistas y similares)
  • Para entidades ciudadanas: solicitar por escrito la participación en Consejos Sectoriales mediante escrito dirigido al Presidente del Consejo

Documentación necesaria

  • Escrito razonado dirigido al órgano correspondiente del Ayuntamiento
  • Datos de identificación del solicitante
  • Para asociaciones: acuerdo de la entidad de integrarse en el Consejo Sectorial junto con el nombramiento de su representante
  • Para ejercer el derecho de petición: escrito en los términos de la Ley de Procedimiento Administrativo
  • Para reclamaciones: escrito dirigido al Alcalde/Alcaldesa-Presidente/a con datos personales y extremos de la reclamación

Cómo solicitar

  1. 1Presentar escrito motivado y razonado ante el órgano municipal competente (registro de instancias, iniciativas, reclamaciones y quejas en la Oficina de Información al Ciudadano)
  2. 2Para participación individual: ejercer el derecho de petición por escrito conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo
  3. 3Para participación colectiva: inscripción previa en el Registro Municipal de Asociaciones a través de la Concejalía de Participación Ciudadana
  4. 4Para participación en Consejos Sectoriales: remitir al Presidente del Consejo el acuerdo de la entidad de integrarse junto con el nombramiento del representante
  5. 5Para exposición ante Comisión de Gobierno o Pleno: solicitar por escrito al Alcalde/sa-Presidente/a con al menos 24 horas de antelación al inicio de la sesión
  6. 6Para ruegos y preguntas en Pleno Ordinario: presentar escrito dirigido al Alcalde/sa-Presidente/a con al menos seis días de antelación
  7. 7Esperar contestación por escrito en un plazo máximo de 30 días

Dónde: Oficina de Información al Ciudadano del Ayuntamiento de Novelda / Registro General del Ayuntamiento de Novelda

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Fuente oficial https://www.novelda.es/wp-content/uploads/2025/01/reglamento.pdfDatos extraídos el 25 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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