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Ayuntamiento de La Vall de Gallinera

L'Ajuntament - Ajuntament de La Vall de Gallinera

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Descripción

Aprobación definitiva de la modificación de las ordenanzas fiscales del IBI y del IAE. Incluye bonificaciones de hasta el 90% en la cuota del IBI para inmuebles objeto de actividad de empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria (no pertenecientes a su inmovilizado), aplicable durante un máximo de 3 periodos impositivos, y bonificación del 50% para Viviendas de Protección Oficial. Tipos de gravamen: 0,60% para bienes urbanos, rústicos y de características especiales.

Requisitos

  • Solicitar la bonificación antes del inicio de las obras
  • La empresa debe dedicarse a la actividad de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria (mediante estatutos de la sociedad)
  • El inmueble objeto de bonificación debe ser de propiedad del solicitante y no formar parte de su inmovilizado
  • Durante el periodo de bonificación deben realizarse obras de urbanización o construcción efectiva
  • La bonificación no podrá exceder de tres periodos impositivos
  • Para VPO: disponer de cédula de calificación definitiva de Vivienda de Protección Oficial o equiparable según la normativa de la Comunidad Autónoma

Documentación necesaria

  • Certificado del Técnico-Director competente visado por el Colegio Profesional, o licencia de obras expedida por el Ayuntamiento, acreditando la fecha de inicio de las obras
  • Estatutos de la sociedad que acrediten la dedicación a la actividad de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria
  • Copia de la escritura pública o alta catastral y certificación del Administrador de la Sociedad, o fotocopia del último balance presentado ante la AEAT (Impuesto sobre Sociedades), para acreditar que el inmueble es de su propiedad y no forma parte del inmovilizado
  • Fotocopia del alta o último recibo del Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
  • Para VPO: fotocopia de la cédula de calificación definitiva de VPO
  • Para VPO: fotocopia del recibo del IBI del año anterior
  • Si las obras afectan a varios solares, referencias catastrales de los diferentes solares

Cómo solicitar

  1. 1Solicitar la bonificación antes del inicio de las obras de urbanización o construcción
  2. 2Aportar la documentación requerida en el Ayuntamiento de La Vall de Gallinera
  3. 3Acreditar el inicio de las obras mediante certificado del Técnico-Director visado o licencia de obras
  4. 4La bonificación se aplicará desde el periodo impositivo siguiente al inicio de las obras hasta el posterior a su terminación, con un máximo de 3 periodos impositivos
  5. 5Las alteraciones catastrales se comunican a la Administración Catastral a través de Suma Gestión Tributaria (por delegación de la gestión tributaria)

Dónde: Ayuntamiento de La Vall de Gallinera (sede municipal) / Suma Gestión Tributaria (gestión delegada)

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Fuente oficial http://www.lavalldegallinera.org/wp-content/uploads/2020/10/impuesto_bienes_inmuebles.pdfDatos extraídos el 25 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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