L'Ajuntament - Ajuntament de La Vall de Gallinera
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Bonificaciones en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) aplicables en los municipios de Vall de Gallinera y El Verger: hasta un 90% para inmuebles objeto de la actividad de empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria (no integrados en su inmovilizado) y del 50% para Viviendas de Protección Oficial, con un plazo máximo de tres periodos impositivos.
Requisitos
- Solicitar la bonificación antes del inicio de las obras (bonificación para empresas promotoras)
- El inmueble debe ser objeto de la actividad de empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria, tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable, y no figurar entre los bienes de su inmovilizado
- Durante el periodo de bonificación deben realizarse obras de urbanización o construcción efectiva
- La bonificación no podrá exceder de tres periodos impositivos
- Para VPO: haber obtenido la calificación definitiva de Vivienda de Protección Oficial
- La bonificación de VPO se aplica durante los tres periodos impositivos siguientes al otorgamiento de la calificación definitiva (en El Verger)
Documentación necesaria
- Certificado del Técnico-Director competente visado por el Colegio Profesional o licencia de obras expedida por el Ayuntamiento, acreditando la fecha de inicio de las obras
- Estatutos de la sociedad que acrediten la dedicación a la actividad de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria
- Copia de la escritura pública, alta catastral o certificación del Administrador de la Sociedad, o fotocopia del último balance presentado ante la AEAT, acreditando que el inmueble es de su propiedad y no forma parte del inmovilizado
- Fotocopia del alta o último recibo del Impuesto de Actividades Económicas
- Fotocopia de la cédula de calificación definitiva de VPO (para bonificación de VPO)
- Fotocopia del recibo del IBI del año anterior
- En caso de obras que afecten a varios solares, referencias catastrales de los diferentes solares
Cómo solicitar
- 1Solicitar la bonificación ante el Ayuntamiento correspondiente antes del inicio de las obras
- 2Aportar la documentación acreditativa requerida según el tipo de bonificación (empresa promotora o VPO)
- 3En caso de coincidencia de ambas bonificaciones en el mismo sujeto pasivo, se concederá la de mayor beneficio, sin posibilidad de acumulación
Dónde: Ayuntamiento de Vall de Gallinera o Ayuntamiento de El Verger (gestión tributaria delegada en SUMA Gestión Tributaria)
Pregunta sobre esta ayuda
Resuelve dudas sobre requisitos, plazos o cómo solicitarla. Respuestas orientativas.
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.