Ordenanza reguladora de las subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Urkabustaiz a las juntas administrativas del municipio para la realización de obras de infraestructura y mejora de los pueblos
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Descripción
Ordenanza municipal que establece los criterios y el procedimiento para conceder ayudas económicas a las Juntas Administrativas del municipio de Urkabustaiz, destinadas a financiar obras de infraestructura (abastecimiento de agua, saneamiento, alumbrado público, pavimentación) y de mantenimiento y mejora del patrimonio de los pueblos, cubriendo el porcentaje de obra no subvencionado por otros organismos (como la Diputación Foral de Álava).
Requisitos
- Ser una de las Juntas Administrativas que integran el Ayuntamiento de Urkabustaiz
- Presentar solicitud mediante escrito suscrito por el Regidor-Presidente y dirigido al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Urkabustaiz
- Asumir el compromiso de pago del 10% del coste económico de la parte no subvencionada del presupuesto global de la obra
- Existencia de consignación previa de la partida presupuestaria correspondiente en el Presupuesto General aprobado por la Corporación Municipal para el ejercicio corriente
- Las obras de urbanización que debieran ser costeadas y realizadas por particulares no serán subvencionables
Documentación necesaria
- Escrito de solicitud suscrito por el Regidor-Presidente de la Junta Administrativa
- Solicitud dirigida al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Urkabustaiz
Cómo solicitar
- 1El Pleno del Ayuntamiento consignará una cantidad anual en el presupuesto municipal destinada a estas subvenciones
- 2La Junta Administrativa solicita la subvención mediante escrito firmado por su Regidor-Presidente, dirigido al Alcalde-Presidente
- 3La Comisión analiza las solicitudes y, excepcionalmente y caso por caso, decide sobre la inclusión o no de obras a efectos de subvención
- 4Se aplica la fórmula de reparto X = Cantidad a repartir en la partida / Suma de las cantidades máximas subvencionables de todas las Juntas, multiplicada por la cantidad máxima subvencionable de cada Junta
- 5El 25% del total presupuestado por el Ayuntamiento se reparte con criterio lineal entre las 10 Juntas Administrativas del municipio
- 6El 30% de los recursos se destina a obras de abastecimiento de agua y saneamiento
- 7El 30% de los recursos se destina a obras de alumbrado público y pavimentación de calles
- 8El 15% de los recursos se destina a obras de mantenimiento y mejora del patrimonio de los pueblos
- 9Los sobrantes de las partidas anteriores se destinan al arreglo de caminos rurales, con prioridad a las Juntas que hayan solicitado subvención a la Diputación Foral de Álava
Dónde: Registro del Ayuntamiento de Urkabustaiz, dirigido al Alcalde-Presidente
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