Ayuntamiento de Chinchilla de Montearagón - SERVICIOS SOCIALES
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Descripción
Ayudas al arrendamiento de viviendas para facilitar el acceso y permanencia en una vivienda digna a personas físicas con escasos medios económicos en Castilla-La Mancha. Se subvenciona hasta el 40% de la renta anual de alquiler, con un límite máximo de 200 € mensuales (2.400 € anuales), por un período inicial de doce meses prorrogable, con fecha límite el 31 de diciembre de 2016.
Requisitos
- Ser persona física mayor de edad
- Ser titular o estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda situado en Castilla-La Mancha, con duración no inferior a un año y con cláusula de prohibición de cesión o subarriendo
- Que la vivienda arrendada constituya o vaya a constituir la residencia habitual y permanente del arrendatario
- Que todas las personas con domicilio habitual en la vivienda tengan nacionalidad española, de un Estado miembro de la UE, del EEE o Suiza, o sean extranjeros no comunitarios con residencia legal en España
- Que la renta de alquiler más gastos de comunidad no supere los 500 € mensuales (600 € en caso de familia numerosa)
- Tener el domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
- Que los ingresos de la unidad de convivencia sean superiores a 0,5 veces el IPREM e inferiores al límite máximo de ingresos establecido (excepcionalmente hasta 3 veces el IPREM)
- No ser propietario o titular de cualquier derecho de uso sobre otra vivienda en España (salvo excepciones por separación, divorcio, no disponibilidad o motivos laborales)
- No tener parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con el arrendador
- No ser socio, accionista o partícipe de la persona física o jurídica arrendadora
- No ser cesionario de una vivienda de promoción pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- No haber sido objeto de revocación de ayudas al arrendamiento anteriores por causas imputables al solicitante
Documentación necesaria
- Contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos, con mención expresa de la referencia catastral
- Certificado o volante municipal de empadronamiento que acredite las personas con domicilio habitual en la vivienda
- Datos fiscales de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria relativos al último período impositivo vencido
- Declaración responsable sobre ingresos, en caso de no haber presentado declaración de IRPF
- Documentación acreditativa de la cuenta bancaria para la domiciliación del pago de la ayuda y de la renta
- Número de cuenta bancaria del arrendador
- Justificación de estar al corriente de pago de la renta y de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud según el modelo oficial disponible en la sede de la Consejería de Fomento
- 2Acreditar el cumplimiento de los requisitos mediante la aportación de la documentación requerida
- 3Si se solicita antes de firmar el contrato, aportar el contrato en el plazo de 30 días hábiles desde la notificación de la resolución de concesión
- 4Presentar la solicitud en el Servicio Periférico de la Consejería competente en materia de vivienda de la provincia donde se ubique la vivienda arrendada
- 5La Comisión Técnica de Valoración elaborará un informe preceptivo y vinculante de valoración
- 6El Coordinador de los Servicios Periféricos Provinciales resolverá la concesión de la ayuda
- 7Domiciliar el pago de la ayuda y de la renta en una entidad financiera o de crédito
- 8Justificar en tiempo y forma ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y la aplicación de los fondos
Dónde: Servicios Periféricos de la Consejería de Fomento en la provincia donde se encuentre la vivienda arrendada (sede electrónica o presencial)
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