CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA GASTOS DE FUNCIONAMIENTO EN EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS (LÍNEA 1), ANUALIDAD 2026
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a mejorar la rentabilidad de las explotaciones agrícolas de las islas de Lanzarote y La Graciosa, financiando el 70% del coste de materiales (picón, arena, tierra, estiércol, semillas, fitosanitarios, etc.), servicios (transporte de agua, maquinaria, mano de obra) y personal propio, con importes máximos de 1.400 €, 10.500 € o 28.000 € por beneficiario según se sea agricultor aficionado, profesional o profesional con trabajador contratado fijo.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica que desarrolle la actividad agraria en la isla de Lanzarote o La Graciosa
- Estar inscrito en al menos uno de los siguientes registros oficiales: Consejo Regulador del vino D.O. Lanzarote, ROPO, REAC, Registro vitícola, REGOE o Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria con código agrícola o ganadero
- Superficie mínima de la explotación: 3.000 m² (agricultor aficionado), 10.000 m² (agricultor profesional) o 20.000 m² (agricultor profesional con al menos 1 trabajador fijo o indefinido)
- Importe mínimo del coste de la actividad: 1.000 euros
- No concurrir ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas (art. 13 Ley 38/2003, General de Subvenciones)
- Estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social
Documentación necesaria
- Instancia de solicitud de subvención y declaración jurada (Anexo I)
- NIF del solicitante en caso de persona física (solo en presentación presencial)
- Declaración responsable de no concurrir las circunstancias del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (Anexo IIa o IIb)
- Memoria descriptiva y presupuesto de gastos e ingresos (Anexo III)
- Alta a terceros (Anexo IV), si procede
- Planos del SIGPAC
- Justificante de inscripción en alguno de los registros oficiales (personas físicas y jurídicas)
- Documentación acreditativa de la condición de agricultor profesional (base cuarta apartado 3), si procede
- Documentación que acredite tener al menos un trabajador fijo o indefinido contratado para la actividad agraria (peón o capataz), si procede
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud según el modelo oficial (Anexos I a IV) dirigida al Consejero/a de Agricultura y Ganadería del Cabildo de Lanzarote
- 2Recopilar la documentación adjunta requerida
- 3Presentar la solicitud en el Registro General del Servicio Insular Agrario, en el del Cabildo de Lanzarote, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
- 4Subsanar en el plazo máximo de 10 días si la solicitud no reúne los requisitos exigidos
- 5Esperar la propuesta de resolución provisional, publicada en el tablón de anuncios electrónico de la sede del Cabildo, y presentar alegaciones en 10 días si procede
- 6Esperar la resolución definitiva del Consejo de Gobierno Insular (plazo máximo de 6 meses)
- 7Ejecutar la actividad subvencionada entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
- 8Justificar la subvención entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2027 mediante Anexos V a IX, facturas, justificantes de pago y documentación del personal si procede
Dónde: Registro General del Servicio Insular Agrario (Carretera Tahiche – San Bartolomé, km 1) o Registro del Cabildo Insular de Lanzarote; también por los medios del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, o a través de la sede electrónica https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es
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