Orden de 12 de junio de 2026, del MAPA, por la que se convocan las subvenciones previstas en el real decreto 388/2021, de 1 de junio.
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Descripción
Subvenciones destinadas a financiar el coste de los avales concedidos por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) para garantizar préstamos solicitados por titulares de explotaciones agrarias, operadores del sector pesquero y PYMES agroalimentarias, facilitando así su acceso a la financiación y el mantenimiento de su actividad productiva frente a los efectos de la crisis en Oriente Medio.
Requisitos
- Ser titular de explotación agraria, operador económico del sector pesquero o PYME del sector agroalimentario, conforme al artículo 3 del Real Decreto 388/2021, de 1 de junio
- No incurrir en ninguna de las causas de prohibición del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias (artículo 8.2 del RD 388/2021)
- Para el sector pesquero, que las actuaciones no estén excluidas del Reglamento (UE) n.º 717/2014 (no compra de buques, no modernización de motores, no aumento de capacidad pesquera, no construcción de nuevos buques, no pesca experimental, no transferencia de propiedad, no repoblación directa)
- Cumplir los límites de los Reglamentos UE n.º 1407/2013, 2023/2831 o n.º 717/2014, según corresponda
- Solicitar el correspondiente aval ante SAECA
Documentación necesaria
- Solicitud incorporada en el propio documento de solicitud de aval ante SAECA, mediante casilla específica
- Documentación prevista en el artículo 8 del Real Decreto 388/2021, de 1 de junio
- Anexo I: Declaración de no concurrir en las causas del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Anexo II: Declaración, para el sector pesquero, de que las actuaciones no están excluidas del Reglamento (UE) n.º 717/2014
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud de aval ante SAECA, marcando la casilla específica habilitada para solicitar la subvención al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- 2Aportar la documentación exigida en el artículo 8 del Real Decreto 388/2021, de 1 de junio
- 3Adjuntar los Anexos I y II cumplimentados y firmados
- 4Realizar la presentación de forma electrónica a través de la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, dado que todos los interesados están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración
- 5La presentación se entiende realizada por el mero hecho de solicitar el aval ante SAECA y marcar la casilla correspondiente
- 6Esperar la resolución, que se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica del MAPA (https://sede.mapa.gob.es/portal/site/seMAPA/navTablonAnuncios)
Dónde: Sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (https://sede.mapa.gob.es), mediante la solicitud del aval ante SAECA con la casilla de solicitud de subvención habilitada al efecto
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