Convocatoria de subvenciones a deportistas de Alovera con licencia federativa - Convocatoria 2026
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a deportistas empadronados en Alovera con licencia federativa en vigor para fomentar su participación en competiciones oficiales (provinciales, autonómicas, nacionales e internacionales). El crédito total disponible es de 20.000 €, repartido proporcionalmente entre los beneficiarios según los criterios de valoración, cubriendo gastos federativos, inscripciones, desplazamientos, material deportivo, asistencia médica/fisioterapia y formación relacionada con el deporte.
Requisitos
- Tener licencia federativa en vigor
- Estar empadronado en el municipio de Alovera con una antigüedad mínima de dos años
- Haber participado en competiciones oficiales durante el año 2025
- Acreditar los resultados mediante certificación de la federación deportiva correspondiente o del Consejo Superior de Deportes
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- No estar incurso en ninguna de las causas de exclusión del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- No tener expedientes abiertos de devolución o justificación de ayudas concedidas anteriormente por el Ayuntamiento
- Aceptar las presentes bases
Documentación necesaria
- Anexo de solicitud (Anexo I)
- Certificado de empadronamiento
- Certificado oficial de la federación correspondiente que acredite la veracidad de los resultados deportivos
- Titulación académica, matrícula o certificado de estudios oficiales o formación relacionada con el ámbito deportivo (en su caso)
- Licencia federativa en vigor
- Resultados deportivos del año 2025 (Anexo II)
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar los anexos de la convocatoria (Anexo I de solicitud y Anexo II de resultados deportivos)
- 2Reunir la documentación requerida (empadronamiento, licencia federativa, certificado federativo de resultados, etc.)
- 3Presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Alovera en horario de 9:00 a 14:00 horas, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
- 4Si la solicitud no reúne los requisitos, el Ayuntamiento requerirá al solicitante para que subsane las faltas en un plazo de diez días
- 5El órgano instructor evalúa las solicitudes conforme a los criterios de valoración y la Comisión de Valoración emite informe
- 6Se publica propuesta de resolución en el tablón de anuncios electrónico concediéndose diez días para alegaciones
- 7El órgano competente dicta resolución, que se publica en el tablón de anuncios electrónico
- 8El beneficiario justifica la realización de la actividad para proceder al pago de la subvención
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Alovera (horario 9:00 a 14:00) o a través de la sede electrónica https://alovera.sedelectronica.es, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
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