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AYUNTAMIENTO DE ENÉRIZ/ENERITZ

Resolución de alcaldía 2026-0082 por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para los estudios musicales durante el curso 2025-2026

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Descripción

Subvenciones destinadas a financiar los estudios musicales impartidos en Escuelas de Música Públicas durante el curso 2025-2026, mediante una ayuda equivalente al 50% del importe del curso por persona beneficiaria, hasta agotar el crédito presupuestario habilitado de 1.000 euros. Está dirigida a menores de 16 años empadronados en Enériz matriculados en una Escuela de Música pública.

Requisitos

  • Estar empadronado/a en el municipio de Enériz desde el 1 de enero de 2025 y continuar empadronado/a hasta la finalización del curso 2025-2026
  • Ser menor de 16 años a 31 de diciembre de 2026
  • Estar matriculado/a en una Escuela de Música pública durante todo el curso 2025-2026 y acreditar una asistencia mínima del 75%
  • No haber sido sancionado/a por las infracciones del Título IV de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • No percibir ayudas de otras administraciones u organismos con finalidad similar, o que las ayudas recibidas no superen el coste de la actividad subvencionada
  • La solicitud debe ser presentada por el padre, madre o tutor/a legal del menor, quien deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Enériz

Documentación necesaria

  • Instancia cumplimentada según modelo oficial (anexo I)
  • Justificante de la matrícula expedido por el centro de estudios para el curso 2025-2026
  • Justificante de pago de la matrícula y cuotas correspondientes en la Escuela de Música
  • Certificado de asistencia emitido por la Escuela de Música acreditando al menos el 75% de asistencia (salvo causas justificadas)
  • Certificado o justificante bancario del número de cuenta corriente de la persona solicitante o fotocopia de la primera hoja de la cartilla, debiendo ser titular o cotitular de la cuenta
  • Declaración responsable de no haber obtenido ayudas de otras administraciones u organismos, o indicando cuantía y que no superan el coste de la actividad subvencionada

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar la instancia según el modelo oficial del anexo I
  2. 2Reunir la documentación requerida (justificante de matrícula, justificante de pago, certificado de asistencia, datos bancarios y declaración responsable)
  3. 3Presentar la solicitud y la documentación en el Registro General del Ayuntamiento de Enériz, a través de la sede electrónica (https://enériz.sedelectronica.es), presencialmente en horario de atención al público, o en cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
  4. 4Esperar la resolución de la Alcaldía, previa instrucción del procedimiento por la Secretaría del Ayuntamiento
  5. 5Si la solicitud no reúne los requisitos, se requerirá la subsanación en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles
  6. 6Recibir el abono de la ayuda en la cuenta bancaria indicada en el plazo máximo de un mes desde la resolución definitiva

Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Enériz, sede electrónica (https://enériz.sedelectronica.es) o presencialmente en horario de atención al público, o en cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/915112Datos extraídos el 25 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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