Resolución de alcaldía 2026-0082 por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para los estudios musicales durante el curso 2025-2026
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Descripción
Subvenciones destinadas a financiar los estudios musicales impartidos en Escuelas de Música Públicas durante el curso 2025-2026, mediante una ayuda equivalente al 50% del importe del curso por persona beneficiaria, hasta agotar el crédito presupuestario habilitado de 1.000 euros. Está dirigida a menores de 16 años empadronados en Enériz matriculados en una Escuela de Música pública.
Requisitos
- Estar empadronado/a en el municipio de Enériz desde el 1 de enero de 2025 y continuar empadronado/a hasta la finalización del curso 2025-2026
- Ser menor de 16 años a 31 de diciembre de 2026
- Estar matriculado/a en una Escuela de Música pública durante todo el curso 2025-2026 y acreditar una asistencia mínima del 75%
- No haber sido sancionado/a por las infracciones del Título IV de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- No percibir ayudas de otras administraciones u organismos con finalidad similar, o que las ayudas recibidas no superen el coste de la actividad subvencionada
- La solicitud debe ser presentada por el padre, madre o tutor/a legal del menor, quien deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Enériz
Documentación necesaria
- Instancia cumplimentada según modelo oficial (anexo I)
- Justificante de la matrícula expedido por el centro de estudios para el curso 2025-2026
- Justificante de pago de la matrícula y cuotas correspondientes en la Escuela de Música
- Certificado de asistencia emitido por la Escuela de Música acreditando al menos el 75% de asistencia (salvo causas justificadas)
- Certificado o justificante bancario del número de cuenta corriente de la persona solicitante o fotocopia de la primera hoja de la cartilla, debiendo ser titular o cotitular de la cuenta
- Declaración responsable de no haber obtenido ayudas de otras administraciones u organismos, o indicando cuantía y que no superan el coste de la actividad subvencionada
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la instancia según el modelo oficial del anexo I
- 2Reunir la documentación requerida (justificante de matrícula, justificante de pago, certificado de asistencia, datos bancarios y declaración responsable)
- 3Presentar la solicitud y la documentación en el Registro General del Ayuntamiento de Enériz, a través de la sede electrónica (https://enériz.sedelectronica.es), presencialmente en horario de atención al público, o en cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
- 4Esperar la resolución de la Alcaldía, previa instrucción del procedimiento por la Secretaría del Ayuntamiento
- 5Si la solicitud no reúne los requisitos, se requerirá la subsanación en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles
- 6Recibir el abono de la ayuda en la cuenta bancaria indicada en el plazo máximo de un mes desde la resolución definitiva
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Enériz, sede electrónica (https://enériz.sedelectronica.es) o presencialmente en horario de atención al público, o en cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
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