Bases de Convocatoria Concesión de subvenciones en materia de transporte estudios post-obligatorios no universitarios, año 2025/2026
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Descripción
Ayuda económica de 150 € por alumno y curso lectivo destinada a financiar los gastos de transporte público colectivo o vehículo particular de los estudiantes empadronados en Bellvei que cursen estudios reglados postobligatorios no universitarios en centros públicos, con el fin de facilitar el acceso a una formación de calidad y al mercado laboral.
Requisitos
- Estar empadronado en Bellvei
- Estar matriculado en estudios reglados postobligatorios no universitarios en centros públicos durante el curso 2025/2026
- Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y ante la Seguridad Social (o disponer de resolución de prórroga, aplazamiento, moratoria o condición especial de sus deudas)
- No estar afectado por ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- No ser deudor por ningún concepto de la hacienda municipal
- No recibir otra ayuda por el mismo concepto de otras administraciones o entes públicos o privados que supere el coste total del concepto subvencionado
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud según modelo normalizado (disponible en sede electrónica o en papel en el Ayuntamiento)
- Justificante de pago de la matrícula del curso lectivo de la convocatoria
- Certificado de titularidad bancaria del alumno (o de los padres/tutor legal en caso de menor)
- En caso de no estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social, resolución de prórroga, aplazamiento, moratoria o cualquier otra condición especial de sus deudas
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar el formulario de solicitud normalizado disponible en la sede electrónica o en las oficinas municipales
- 2Reunir la documentación requerida (justificante de matrícula, certificado bancario y, en su caso, resolución de prórroga de deudas)
- 3Presentar la solicitud dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, firmada por el alumno (si es mayor de edad) o por padre/madre/tutor (si es menor), en el Registro General del Ayuntamiento o en la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC), C/ Jaume Palau, 10 de Bellvei, o de forma telemática a través de la sede electrónica https://bellvei.eadministracio.cat
- 4Esperar la revisión por parte del Ayuntamiento; si la documentación es incorrecta o incompleta, se requerirá al solicitante para que en el plazo de 10 días hábiles subsane los defectos, con advertencia de que si no lo hace se entenderá desistida su solicitud
- 5El área de enseñanza del Ayuntamiento propondrá a la Junta de Gobierno Local la declaración de beneficiarios, por orden de entrada de las solicitudes en el registro general hasta agotar la partida presupuestaria
- 6Recibir notificación de la resolución y, en su caso, del importe concedido por parte del Ayuntamiento
- 7El Ayuntamiento comprobará con los centros públicos de formación la asistencia del alumno a los estudios postobligatorios
- 8Recibir el pago de la ayuda mediante transferencia bancaria al número de cuenta indicado, previa justificación
Dónde: Registro general del Ayuntamiento de Bellvei, Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) en C/ Jaume Palau, 10 de Bellvei, o telemáticamente a través de la sede electrónica https://bellvei.eadministracio.cat
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