BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA QUE REGIRÁN LAS AYUDAS EXTRAORDINARIAS DE APOYO SOCIAL PARA CONTINGENCIAS. AÑO 2026
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Descripción
Prestaciones económicas no periódicas y de pago único destinadas a personas residentes en Coria que, debido a una contingencia extraordinaria, no pueden hacer frente a gastos básicos (vivienda, equipamiento, necesidades primarias, asistencia sanitaria, etc.), con el fin de prevenir procesos de exclusión social y garantizar temporalmente la cobertura de sus necesidades personales básicas de subsistencia. El importe máximo total por solicitud es de 2.950 €.
Requisitos
- Ser mayor de edad, o menor de edad huérfano absoluto o emancipado (por matrimonio o por concesión judicial)
- Estar empadronado en Coria con residencia legal y efectiva durante al menos seis meses inmediatamente anteriores a la solicitud (con excepciones para emigrantes extremeños retornados, refugiados, personas con autorización por razones humanitarias o emergencias acreditadas)
- Pertenecer a una unidad familiar que carezca de rentas o ingresos suficientes (ingresos netos mensuales no superiores al 130% del IPREM mensual en 14 pagas, incrementado un 8% por cada miembro adicional; 10% adicional por miembro con discapacidad ≥65% o dependencia reconocida)
- Que se haya producido una contingencia extraordinaria que requiera acción inmediata e inaplazable y no pueda ser cubierta por medios propios ni por otros recursos institucionales, según informe del SSASB
- No haber recibido la unidad familiar ayudas públicas que cubran la totalidad de los gastos para los que se solicita la ayuda
- No tener ayudas extraordinarias anteriores sin justificar en los últimos dos años
- No residir en centros institucionales obligados a cubrir las necesidades básicas de subsistencia
Documentación necesaria
- Instancia ajustada al modelo del Anexo I
- En caso de préstamo hipotecario: copia de la escritura de formalización del préstamo y certificado bancario acreditativo del importe mensual a abonar y de las mensualidades pendientes
- En caso de alquiler: copia del contrato de arrendamiento de la vivienda habitual y del último recibo abonado
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos y de la contingencia extraordinaria
- Copia de la resolución de cualquier recurso, prestación o ayuda pública solicitado previamente
- Documentación acreditativa de ingresos de la unidad familiar de los tres meses anteriores a la solicitud
Cómo solicitar
- 1Presentar la solicitud conforme al modelo del Anexo I en el Ayuntamiento de Coria
- 2El Servicio Social de Atención Social Básica (SSASB) realiza las comprobaciones necesarias y, en su caso, requiere la documentación adicional
- 3Se incorpora al expediente un informe social emitido por el SSASB
- 4La concesión de la ayuda se resuelve mediante Resolución de Alcaldía
- 5La persona beneficiaria queda obligada a comunicar en un plazo máximo de 10 días hábiles cualquier cambio en sus circunstancias económicas o de convivencia
Dónde: Servicio Social de Atención Social Básica del Ayuntamiento de Coria (Plaza de San Pedro, s/n, 10800 Coria)
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