Convocatoria 2026 y bases reguladoras para la concesión de ayudas para pago del alquiler de viviendas en el municipio de Hernani
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Descripción
Ayudas municipales para colaborar en el pago del alquiler de la vivienda habitual en Hernani, dirigidas especialmente a jóvenes de 18-35 años (Modalidad A) y también a personas adultas de 36 o más años (Modalidad B), cuando no tengan derecho a otras ayudas vigentes del Gobierno Vasco (Gaztelagun, PCV, AES). La subvención cubre hasta el 50% de la renta mensual, con un periodo máximo de 12 meses al año.
Requisitos
- Tener entre 18 y 35 años (Modalidad A) o 36 o más años (Modalidad B) a 31 de diciembre del año de la convocatoria
- Estar empadronado/a en Hernani con una antigüedad mínima ininterrumpida de 6 meses a la fecha de fin de plazo de solicitud
- Ser titular individual o coarrendatario/a de un contrato de arrendamiento de vivienda libre situada en Hernani, que constituya domicilio habitual y permanente
- El contrato de arrendamiento debe tener una duración mínima de 12 meses
- No tener vínculos familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad con la persona arrendadora o con miembros de su unidad convivencial
- Abonar la renta mediante transferencia bancaria o documento bancario
- No poseer vivienda en propiedad, salvo excepciones (cotitularidad por herencia o donación inferior al 50% y valor catastral de participaciones no superior a 90.231,61 €)
- Haber tramitado obligatoriamente y de forma preferente las ayudas del Gobierno Vasco (Gaztelagun, PCV de RGI, AES o Solicitud de Prestación Subjetiva), salvo excepción justificada por el gestor municipal
- Todas las personas adultas de la unidad convivencial o cotitulares del alquiler deben estar empadronadas en la vivienda objeto de la subvención
- La persona propietaria de la vivienda no puede estar empadronada en ella
Documentación necesaria
- Contrato de arrendamiento firmado por todas las personas arrendatarias (duración mínima 12 meses)
- Justificantes bancarios de pago de la renta (transferencias o documentos bancarios)
- Certificado de empadronamiento en Hernani (antigüedad mínima de 6 meses)
- Matrícula del curso (en caso de hijos/as adultos que estudien fuera del municipio)
- Documentación acreditativa de no disponer de vivienda en propiedad o de las excepciones aplicables
- Justificación de haber solicitado previamente las ayudas del Gobierno Vasco (Gaztelagun, PCV de RGI, AES) y, en su caso, resolución de denegación
- Documentación de los miembros de la unidad convivencial o cotitulares del alquiler
- Solicitud de baja en el padrón de personas adultas no titulares empadronadas (si procede)
Cómo solicitar
- 1Verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases reguladoras (artículos 8 y 9)
- 2Solicitar previamente y de forma obligatoria las ayudas al alquiler del Gobierno Vasco (Gaztelagun, PCV de RGI/Lanbide, o AES/Servicios Sociales de Hernani)
- 3Solo podrá optarse a las ayudas municipales en caso de no haber obtenido las ayudas del Gobierno Vasco (salvo excepción justificada por el gestor)
- 4Cumplimentar la solicitud conforme al modelo que se establezca en la convocatoria anual correspondiente
- 5Adjuntar la documentación requerida (contrato de alquiler, justificantes bancarios de pago, empadronamiento, etc.)
- 6Presentar la solicitud en el plazo y forma que se determine en la convocatoria anual
- 7El Ayuntamiento resolverá la concesión conforme a los criterios establecidos en las bases y la convocatoria anual
Dónde: Ayuntamiento de Hernani (www.hernani.eus) — sede y canales que se determinen en la convocatoria anual correspondiente
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