SUBVENCIÓN NOMINATIVA 2024 A FAVOR DE LA HERMANDAD DE NUESTRA SEÑORA DEL ROCÍO DE PILAS
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Descripción
Subvención nominativa de 2.500 € concedida por el Ayuntamiento de Pilas a la Hermandad de Nuestra Señora del Rocío de Pilas para financiar la Peregrinación de la Romería 2024 (gasto subvencionable de 3.000 € en asistencia sanitaria), en el marco del fomento de las fiestas mayores del municipio.
Requisitos
- Ser la Hermandad de Nuestra Señora del Rocío de Pilas, entidad privada sin ánimo de lucro inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Pilas
- No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Estatal y Autonómica
- Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el propio Ayuntamiento de Pilas
- Disponer de medios y personal adecuado y suficiente para la realización de las actividades
- Aceptar por escrito la subvención concedida en el plazo de diez días hábiles desde su notificación
- Iniciar las actividades entre la fecha de concesión y los dos meses posteriores a la recepción de los fondos
Documentación necesaria
- Memoria justificativa suscrita y fechada por el representante legal de la entidad, con ANEXO de materiales producidos
- Relación suscrita por el beneficiario de la totalidad de los gastos derivados de la actividad, con copia de facturas originales y/o nóminas del personal estampilladas
- Vida laboral de CCC de los trabajadores y resumen contable de nóminas de la gestoría
- Facturas originales marcadas con estampilla indicando la imputación a la subvención del Ayuntamiento de Pilas 2024
- Declaración suscrita por el beneficiario sobre la inexistencia de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, o mención expresa de las que la financien
- Certificado de estar al corriente en obligaciones tributarias con Hacienda Pública Estatal y Autonómica, con el Ayuntamiento y con la Seguridad Social
- Declaración de que los gastos se han aplicado únicamente a las actividades de la memoria del año, incluyendo el IVA como concepto elegible por no ser susceptible de recuperación
- Declaración de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
- Copias de folletos, revistas, comunicaciones en redes sociales, publicaciones web, carteles, soporte fotográfico, registro de asistentes, encuestas de satisfacción y notas de prensa
- Detalle de cuotas patronales mensuales: modelos TC1 y TC2 y justificantes de pago sellados por la entidad bancaria
- Modelo 190 de retenciones IRPF con página resumen de presentación
- Modelo 111 de pago de retenciones a cuenta del IRPF y acreditación del pago
- Justificantes de pago mediante transferencia bancaria, cheque firmado o recibí en metálico (máximo 150 € por factura y 3.000 € en total)
Cómo solicitar
- 1La entidad beneficiaria presenta el Proyecto de actividades ante el Ayuntamiento de Pilas
- 2El Ayuntamiento de Pilas, a través del área de Bienestar Social (órgano gestor), analiza la solicitud y emite memoria justificativa
- 3Se aprueba la subvención nominativa prevista en el Presupuesto 2024 (partida 33000/48023)
- 4Se suscribe el convenio regulador entre el Alcalde y el representante de la Hermandad
- 5La entidad beneficiaria acepta por escrito la subvención en el plazo de diez días hábiles desde su notificación
- 6Se procede al pago anticipado de hasta el 100% del importe de la subvención a la firma del convenio, sin necesidad de garantía
- 7La entidad ejecuta la actividad subvencionada dentro del plazo establecido
- 8La entidad presenta la cuenta justificativa al órgano gestor antes del 31 de marzo de 2025
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Pilas (https://sedeelectronica.pilas.es) - Área de Bienestar Social del Ayuntamiento de Pilas, en calidad de órgano gestor de la subvención
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