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AYUNTAMIENTO DE CORIA

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA QUE REGIRÁN LAS AYUDAS DE PROTECCIÓN SOCIAL URGENTE DEL AYUNTAMIENTO DE CORIA 2026

Importe85.00–6000 €
Plazo de solicitudHasta 17 jun 2026
Estadocerrada

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Descripción

Ayudas económicas de carácter urgente y no periódico destinadas a personas empadronadas en Coria con insuficiencia de recursos para cubrir gastos básicos (alimentación, higiene, vestido, suministros, alquiler/hipoteca, prótesis, alojamiento alternativo y material escolar), con cuantías que oscilan entre 85 € y 600 € según el concepto y el tamaño de la unidad familiar.

Requisitos

  • Ser mayor de edad o, siendo menor, estar emancipado judicialmente o ser huérfano absoluto
  • Estar empadronado y residir legal y efectivamente en Coria con una antigüedad mínima de seis meses anteriores a la solicitud (excepciones: emigrantes extremeños retornados, transeúntes, refugiados o solicitantes de asilo, estancias por razones humanitarias y solicitantes de ayuda de libros/material escolar)
  • Carecer de rentas o ingresos suficientes: los ingresos netos de la unidad de convivencia de los tres meses anteriores, divididos por tres, no deben superar el 120% del IPREM mensual (14 pagas) incrementado en un 8% por cada miembro adicional
  • Incremento del 10% por miembro con discapacidad ≥65% o con situación de Dependencia reconocida
  • No residir en centros institucionales ni convivir temporalmente por razones de estudio
  • No tener ayudas anteriores concedidas pendientes de justificar por causa imputable al beneficiario
  • Acreditar no ser deudor del Ayuntamiento por cualquier concepto ni por reintegro de subvenciones
  • No estar incurso en ninguna prohibición del art. 13 de la Ley General de Subvenciones
  • Los requisitos deben concurrir en el momento de la solicitud y durante la percepción de la ayuda

Documentación necesaria

  • Solicitud según modelo ANEXO I, con declaración expresa de reunir todos los requisitos
  • Documentación acreditativa de las circunstancias alegadas y de posible valoración (ingresos, composición de la unidad de convivencia, situación económica, empadronamiento, etc.)
  • Facturas justificativas del gasto a presentar en el Servicio Social de Atención Social Básica en un plazo máximo de 15 días desde la resolución de concesión
  • Declaración de no estar incurso en las prohibiciones del art. 13 de la Ley General de Subvenciones

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar la solicitud según el modelo ANEXO I, declarando expresamente que se reúnen todos los requisitos exigidos
  2. 2Adjuntar la documentación acreditativa de las circunstancias alegadas
  3. 3Presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Coria
  4. 4El Servicio Social de Atención Social Básica instruye el procedimiento, comprobando la solicitud, documentación y requisitos
  5. 5Resolución de la Alcaldía, previo informe-propuesta del Servicio Social, con plazo máximo de 6 meses (silencio administrativo desestimatorio)
  6. 6Justificación del gasto mediante facturas en el plazo de 15 días desde la notificación de la concesión
  7. 7La concesión se realiza por prelación temporal de solicitudes (salvo las de libros y material escolar) hasta agotar el crédito presupuestario

Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Coria (Servicio Social de Atención Social Básica) - Plaza de San Pedro, s/n, 10800 Coria (Cáceres)

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914467Datos extraídos el 23 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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