Ayudas al nacimiento (cheque bebé)
Importe400.00–1600 €
Estadoabierta
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Descripción
Ayudas económicas de 400 euros por hijo nacido o adoptado dirigidas a madres, padres o tutores empadronados en Palmera, destinadas a sufragar gastos iniciales de manutención vinculados al nacimiento o adopción.
Requisitos
- Ser madre, padre o tutor con patria potestad o tutela del menor de 2 años
- Que el nacimiento o adopción haya tenido lugar entre el 01/01/2026 y el 31/12/2026
- Que la persona beneficiaria esté empadronada en Palmera y mantenga el empadronamiento como mínimo un año desde la fecha de concesión
- Que el niño/a esté empadronado/a en el domicilio del solicitante en el momento de la solicitud
- Solo un beneficiario por niño/a
- No encontrarse incurso en ninguna causa que impida obtener la condición de beneficiario según el artículo 13.2 de la Ley 38/2003
- Estar al corriente con el cumplimiento de las deudas tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento
Documentación necesaria
- Fotocopia del DNI o de la tarjeta de residencia de la persona solicitante
- Fotocopia del Libro de familia o certificado de nacimiento o copia autenticada de la resolución judicial de la adopción
- Declaración responsable de cumplir con los requisitos para acceder a estas ayudas y de estar al corriente con las deudas tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento, así como de no encontrarse en ninguna causa que impida obtener la condición de beneficiario según el artículo 13.2 de la Ley 38/2003
- Datos bancarios del solicitante
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud de ayuda
- 2Reunir la documentación requerida (DNI, libro de familia o certificado de nacimiento/resolución de adopción, declaración responsable y datos bancarios)
- 3Presentar la solicitud y la documentación de forma telemática a través de la sede electrónica https://palmera.sedelectronica.es/info.0 o presencialmente en las oficinas del Ayuntamiento de Palmera
- 4Esperar la evaluación por parte del órgano instructor (AEDL y Secretaría)
- 5Recibir la resolución de la Junta de Gobierno Local
- 6Mantener el empadronamiento en Palmera durante al menos un año desde la fecha de concesión
Dónde: Sede electrónica https://palmera.sedelectronica.es/info.0 o presencialmente en las oficinas del Ajuntament de Palmera (Plaça de l'Ajuntament nº 1, 46714 Palmera, València)
Pregunta sobre esta ayuda
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Orientativo · verifica siempre en la fuente oficial
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914612Datos extraídos el 23 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoriaAyudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.