Gob.España (5-04-2013).- Real Decreto 235/2013 Certificación eficiencia energética de los edificios
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Descripción
Norma regulatoria que aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, obligando a poner a disposición de compradores o arrendatarios un certificado de eficiencia energética (con etiqueta energética) al vender o alquilar un edificio o unidad del mismo. No es una convocatoria de ayudas, sino una regulación de carácter básico que deroga el RD 47/2007.
Requisitos
- Aplica a edificios de nueva construcción, rehabilitados y existentes que se vendan o alquilen
- Los edificios ocupados por Administraciones Públicas con superficie útil superior a 500 m² deben obtener el certificado y exhibir la etiqueta a partir del 1 de junio de 2013; desde el 9 de julio de 2015 si superan 250 m²
- Edificios de pública concurrencia con superficie útil superior a 250 m² en régimen de arrendamiento deben exhibir la etiqueta a partir del 31 de diciembre de 2015
- A partir del 31 de diciembre de 2018 los edificios nuevos de titularidad pública deberán ser de consumo de energía casi nulo, y a partir del 31 de diciembre de 2020 todos los edificios nuevos
- El certificado debe ser suscrito por técnico competente (proyectista, dirección facultativa o técnico habilitado)
Documentación necesaria
- Certificado de eficiencia energética del proyecto (suscrito por el proyectista)
- Certificado de eficiencia energética del edificio terminado (suscrito por la dirección facultativa)
- Certificado de eficiencia energética del edificio existente (suscrito por técnico competente)
- Etiqueta de eficiencia energética
Cómo solicitar
- 1El certificado debe entregarse al comprador o nuevo arrendatario en el momento de la compraventa o arrendamiento
- 2El certificado se inscribe en el registro de certificaciones habilitado por el órgano competente de cada Comunidad Autónoma
- 3El IDAE pone a disposición del público los programas informáticos de calificación de eficiencia energética para edificios existentes
- 4La etiqueta de eficiencia energética debe exhibirse de forma destacada en edificios de pública concurrencia
Fuente oficial https://www.laspalmasgc.es/export/sites/laspalmasgc/.galleries/documentos-vivienda/RD-235-2013.pdfDatos extraídos el 21 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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