B.O.C. nº 268 de 30/12/2021. EXTRACTO de la Orden de 27 de diciembre de 2021, se convocan ayudas en concurrencia no competitiva, periodo 2021-2023, derivadas del R.D. 691/2021, de 3 de agosto, que regula subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes
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Descripción
Ayudas en concurrencia no competitiva destinadas a financiar actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes ubicados en municipios de reto demográfico (municipios de hasta 5.000 habitantes o no urbanos de hasta 20.000 habitantes con entidades de población de hasta 5.000 habitantes), con un presupuesto total de 884.470 euros, repartidos a partes iguales entre actuaciones sobre el edificio completo (Opción A) y sobre viviendas o locales individuales (Opción B).
Requisitos
- El edificio o vivienda debe ubicarse en un municipio de reto demográfico (hasta 5.000 habitantes o no urbanos de hasta 20.000 habitantes con entidades singulares de hasta 5.000 habitantes)
- Las actuaciones deben conseguir y justificar una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30% respecto a la situación de partida
- Tener residencia fiscal en España
- Personas físicas: poseer nacionalidad española, de un Estado miembro de la UE, del EEE o Suiza; los extranjeros no comunitarios deben tener residencia legal en España
- Personas jurídicas: estar debidamente constituidas conforme a la normativa que les resulte de aplicación
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- No tener pendiente obligaciones de reintegro de subvenciones o ayudas
- No encontrarse en situación de crisis conforme al Reglamento UE 651/2014
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente de ayudas anteriores declaradas ilegales o incompatibles con el mercado interior
- Destinar el importe íntegro de la ayuda al pago de las actuaciones subvencionables
Documentación necesaria
- Modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica
- Declaración responsable de no tener pendiente obligaciones de reintegro de subvenciones o ayudas
- Documentación acreditativa de la condición de destinatario último según la tipología (propiedad, contrato de arrendamiento/concesión a largo plazo, contrato con empresa de servicios energéticos, etc.)
- Justificación de la reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30% conforme al artículo 17.2 del Real Decreto 691/2021
- Certificaciones de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (salvo autorización al órgano concedente para su obtención telemática)
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar el modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica del Gobierno de Canarias
- 2Personas jurídicas: presentar la solicitud obligatoriamente a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
- 3Personas físicas (no obligadas a relacionarse electrónicamente): pueden cumplimentar el modelo, imprimirlo, firmarlo y presentarlo en formato papel para su registro
- 4Suscribir declaración responsable junto con la solicitud de ayuda
- 5Autorizar al órgano administrativo concedente para obtener directamente los certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o aportar las certificaciones correspondientes
- 6El plazo de presentación comienza a las 9:00 horas del 1 de febrero de 2022 y finaliza el 31 de diciembre de 2023
Dónde: Sede electrónica del Gobierno de Canarias - https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/7140 (obligatorio para personas jurídicas; en formato papel para personas físicas no obligadas a relacionarse electrónicamente)
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.