Ayudalíza
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

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Descripción

Ayudas municipales en régimen de concesión directa para personas físicas con escasos recursos económicos, destinadas al pago del alquiler de vivienda habitual (hasta el 80% de la renta mensual, con un máximo de 600 €/mes, y hasta 750 €/mes en casos excepcionales) y a gastos de alojamiento temporal en pensiones o similares (máximo 50 €/persona/día), con el fin de prevenir situaciones de exclusión social y garantizar la cobertura de una necesidad social básica.

Requisitos

  • Estar empadronado y ser residente en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria al menos en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud, con domicilio coincidente con el del contrato de arrendamiento
  • Ser emigrante retornado, en cuyo caso se aplican requisitos especiales (última residencia en Canarias, permanencia en el extranjero de al menos 3 años y solicitud dentro del año siguiente al retorno)
  • Que los ingresos de la unidad convivencial no superen 2,50 veces el IPREM mensual vigente ponderado (hasta 4,50 veces IPREM para 5 o más miembros), calculado sobre la media de los 3 meses anteriores
  • Ser titular en calidad de arrendatario de un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado conforme a la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos
  • Que la vivienda tenga la condición de vivienda libre o, si es de protección pública, no percibir otras ayudas al alquiler
  • Que la renta de alquiler sea igual o inferior a 750 €/mes (900 €/mes para familias numerosas o personas con movilidad reducida que necesiten vivienda adaptada)
  • No ser propietario o usufructuario de bienes muebles o inmuebles que permitan atender el pago del alquiler, salvo excepciones justificadas
  • No tener parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con el arrendador
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • No ser beneficiario simultáneamente de ayudas de la misma naturaleza, alcance y finalidad otorgadas por otras instituciones

Documentación necesaria

  • Solicitud conforme a modelo oficial suscrita por el interesado o su representante legal, acreditando la representación
  • Contrato de arrendamiento original, completo y vigente (o documento equivalente para pensiones o similares); los contratos firmados a partir del 26 de mayo de 2023 deben incluir cláusula de pago mediante medios electrónicos
  • Copia de los recibos abonados del alquiler y originales para su cotejo (incluidos pagos mediante BIZUM u otros medios del artículo 17 de la LAU)
  • DNI o documento oficial que lo sustituya del solicitante y, en su caso, de su representante; certificado de Registro Central de Extranjeros para ciudadanos UE; tarjeta de residencia, NIE y pasaporte en vigor para personas extranjeras
  • Certificado o volante de empadronamiento con el domicilio actual
  • Libro de Familia y, en su caso, declaración responsable sobre los ocupantes de la vivienda
  • Documentación acreditativa de los ingresos económicos de cada miembro de la unidad convivencial correspondientes a los 3 meses anteriores: pensiones, nóminas, liquidación trimestral IRPF y/o boletín de cotización de autónomos, certificado del Servicio Canario de Empleo, certificado de prestaciones sociales (RAI, PCI, IMV), extracto bancario de los 3 meses anteriores, documento acreditativo de estudios para mayores de 16 años
  • En caso de separación o divorcio: sentencia y/o convenio regulador

Cómo solicitar

  1. 1Las ayudas se tramitarán en régimen de concesión directa, bien a instancia de parte o bien de oficio cuando concurran circunstancias que así lo aconsejen
  2. 2Presentar la solicitud conforme al modelo oficial acompañada de la documentación requerida (artículo 6)
  3. 3El Ayuntamiento verificará el cumplimiento de los requisitos económicos y de empadronamiento, así como la situación social del solicitante mediante informe de Trabajador Social
  4. 4La concesión estará limitada por la disponibilidad presupuestaria existente en cada ejercicio económico
Fuente oficial https://www.laspalmasgc.es/export/sites/laspalmasgc/.galleries/documentos-urbanismo/BOP-BASES-AEMV-2026.pdfDatos extraídos el 21 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.