Renta de Garantía de Ingresos (RGI) (País Vasco)
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Descripción
Prestación económica mensual destinada a personas y familias residentes en la Comunidad Autónoma de Euskadi que carecen de recursos suficientes para cubrir sus necesidades básicas, con el objetivo de ayudarles a encontrar una salida laboral. La cuantía varía según la composición de la unidad de convivencia y se calcula mediante un procedimiento trimestral de actualización (PAC).
Requisitos
- Ser mayor de 18 años (con excepciones para menores emancipados de ciertos colectivos)
- Las personas entre 18 y 29 años deben haber vivido de forma independiente de progenitores/tutores durante al menos un año antes de la solicitud
- Las personas entre 18 y 23 años deben estar inscritas como demandantes de empleo en Lanbide durante el año anterior o haber estado de alta en la Seguridad Social un mínimo de 240 días en los últimos dos años
- Estar integrado en una unidad de convivencia
- Estar empadronado y tener residencia efectiva en algún municipio de la CAE de forma continuada durante al menos 3 años anteriores a la solicitud (con excepciones para determinados colectivos)
- Estar en situación de necesidad económica (no superar los límites de rendimientos mensuales ni disponer de bienes por valor equivalente a cinco veces la renta máxima garantizada anual)
- Haber solicitado todas las pensiones y prestaciones públicas a las que se pudiera tener derecho
- Hacer valer otros derechos de contenido económico (pensión de alimentos, compensatoria, etc.)
- No hallarse interno en un centro penitenciario en régimen ordinario o cerrado, ni ser usuario permanente de un servicio residencial público
Documentación necesaria
- Modelo normalizado de solicitud establecido por Lanbide
- Documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos
- Declaración responsable (en su caso) manifestando el cumplimiento de requisitos y compromiso de mantenerlos
- Documentación específica cuya consulta debe realizarse en la web de Lanbide o en sus oficinas
Cómo solicitar
- 1Verificar que se cumplen los requisitos de acceso a la prestación
- 2Cumplimentar el modelo normalizado de solicitud de Lanbide
- 3Reunir la documentación justificativa necesaria
- 4Solicitar cita previa en la oficina de Lanbide que corresponda según el código postal del domicilio o acceder a la sede electrónica
- 5Presentar la solicitud presencialmente en la oficina asignada, telemáticamente a través de la sede electrónica, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
- 6Esperar la resolución de Lanbide, que deberá comunicarse en un plazo máximo de tres meses desde la fecha de entrada de la solicitud
- 7Recibir notificación con la resolución: en caso de concesión, se indicará importe, atrasos y fecha de inicio del pago; en caso de denegación, se indicarán los motivos y los recursos disponibles
Dónde: Oficinas de Lanbide (según código postal del domicilio) o Sede Electrónica del Gobierno Vasco (www.euskadi.eus)
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