Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA) (Galicia)
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Descripción
Prestación económica pública destinada a garantizar recursos económicos de subsistencia a personas en situación o riesgo de exclusión social en Galicia, así como a conseguir su progresiva autonomía e integración social y laboral mediante procesos personalizados de inserción con apoyo técnico y financiero. Tiene carácter alimenticio, personal e intransferible, y no puede ser embargada.
Requisitos
- Encontrarse en situación técnicamente valorada de exclusión social o riesgo de exclusión social
- Tener residencia efectiva en Galicia, con empadronamiento en cualquier ayuntamiento gallego durante al menos los seis meses anteriores a la solicitud
- Tener residencia legal conforme a la normativa vigente
- Tener más de 25 años en la fecha de solicitud
- Disponer en la unidad de convivencia de ingresos inferiores al importe del tramo personal y familiar que le correspondería
- No disponer de bienes patrimoniales de los que se deduzca la existencia de medios suficientes para la subsistencia
- No existan personas legalmente obligadas y con posibilidad real de prestar alimentos
Documentación necesaria
- Certificado de empadronamiento de los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud
- Certificado de residencia legal en vigor y documento de identidad del país de origen (residente comunitario)
- Permiso de residencia legal en vigor (residente no comunitario)
- Certificado de convivencia
- Certificado de ser beneficiario/a de renta mínima de otra comunidad autónoma (si procede)
- Acreditación de víctima de violencia doméstica o de género (si procede)
- Copia de la baja consular (emigrantes retornados)
- Acreditación de la condición de persona refugiada o autorización de permanencia por razones humanitarias (si procede)
- Acreditación de víctima de trata de seres humanos o de mujer extranjera víctima de violencia de género (si procede)
- Acreditación de familia monoparental (si procede)
- Para mayores de 18 años: certificado de discapacidad expedido fuera de Galicia, acreditación de orfandad absoluta, justificación documental del origen de centro de internamiento de instituciones penitenciarias, acreditación de tres años viviendo en domicilio independiente y dos años cotizados a la Seguridad Social, o acreditación de víctima de trata
- Copia del último recibo del IBI en caso de vivienda familiar en propiedad
- Copia del último recibo del IBI y declaración de cesión de la vivienda (vivienda cedida)
- Copia del contrato de alquiler en vigor (vivienda alquilada)
- Copia de la factura (establecimiento hotelero, pensión o casa particular)
- Copia del contrato de alquiler (habitación alquilada)
- Copia del contrato de alquiler y justificante de autorización de realquiler (habitación realquilada)
- Compromiso por escrito de conseguir vivienda independiente en un plazo máximo de doce meses (infravivienda o convivencia sin derecho acreditado)
- Certificado de residencia legal y documento de identidad de familiares residentes comunitarios integrantes de la unidad familiar
- Permiso de residencia en vigor de familiares no comunitarios integrantes de la unidad familiar
- Certificado de discapacidad de miembros de la unidad familiar expedido fuera de Galicia
- Extracto de movimientos de todas las cuentas bancarias de titulares de la unidad familiar de los doce meses anteriores
- Copia de la última nómina de los miembros de la unidad familiar que trabajen
- Copia de la tarjeta de demandante de empleo de la persona solicitante y familiares mayores de 18 años
- Anexo II: comprobación de datos de personas integrantes de la unidad familiar y parientes hasta segundo grado
- Anexo III: comprobación de datos de familiares con obligación legal de prestar alimentos
- Anexo IV: autorización a la presentación electrónica por personal empleado público (si procede)
Cómo solicitar
- 1Acceder a la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) y cumplimentar el formulario normalizado (Anexo I)
- 2Identificarse mediante certificado electrónico, Autofirma o sistema Chave365
- 3Rellenar los datos de la persona solicitante, datos bancarios con IBAN, datos específicos del procedimiento (afiliación a la Seguridad Social, personas obligadas a prestar alimentos, datos económicos)
- 4Cumplimentar la declaración responsable sobre otras prestaciones solicitadas o concedidas y veracidad de los datos
- 5Adjuntar la documentación complementaria necesaria según la situación personal y de la unidad de convivencia
- 6Firmar la solicitud electrónicamente y presentar a través de la sede electrónica
- 7Opcionalmente, imprimir el modelo y presentarlo presencialmente en una oficina o registro, siendo remitido al órgano competente en un plazo máximo de tres días
- 8En caso de ayuntamientos con servicios sociales comunitarios básicos, el trabajador/a social de referencia orientará e informará sobre los trámites y documentación
- 9Esperar la resolución en un plazo de dos meses (sentido del silencio: positivo)
- 10Consultar el expediente en 'Mi sede' tras la presentación
Dónde: Sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) o presencialmente en cualquiera de las oficinas de la Consellería de Política Social e Igualdade, registros oficiales o departamentos territoriales (A Coruña, Lugo, Ourense, Vigo)
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