Acuerdo de colaboración con APSA. Programa de formación laboral consistente en la realización de prácticas formativas a personas con discapacidad. Anualidad 2026.
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Descripción
Servicios Sociales y Promoción Social
Requisitos
- Ser la Asociación Pro-Deficientes Psíquicos de Alicante (APSA) con C.I.F. G-03049038, entidad beneficiaria nominativa prevista en el Presupuesto provincial vigente
- Ejecutar el programa de formación laboral consistente en la realización de prácticas formativas a personas con discapacidad intelectual, con dos personas beneficiarias de las prácticas
- Designar y mantener un técnico preparador laboral y un psicólogo como personal técnico encargado de la formación, supervisión y apoyo de las prácticas
- Suscribir con carácter previo al inicio de las prácticas un documento firmado por las partes que recoja los puestos de trabajo, los datos personales de las personas seleccionadas y del técnico formador designado
- Disponer de una póliza de seguros que cubra la responsabilidad civil por daños a terceros y a las cosas en el desarrollo de las prácticas laborales
- Asistir a las dependencias provinciales asignadas de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas, continuando la formación en el Centro de Formación de APSA
- Justificar gastos por importe mínimo igual al presupuesto previsto (21.552,65 euros) para percibir la subvención íntegra; si los gastos justificados fueran inferiores, la subvención se reducirá proporcionalmente, y si la actividad se ejecuta al menos en un 80% podrá abonarse la parte proporcional
- Presentar la documentación justificativa en plazo (tres meses desde la finalización de la actividad o en su prórroga) y en debida forma, subsanando los defectos en el plazo que se le requiera (mínimo diez días)
- Mantener la documentación original de los justificantes de gasto durante un plazo no inferior a cuatro años desde la finalización del plazo de justificación
- Dar adecuada publicidad del carácter público de la financiación provincial mediante publicaciones, vallas, placas, carteles, material audiovisual/digital y en redes sociales, incluyendo la imagen institucional de la Diputación de Alicante
- Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, dando lugar, en su caso, a la reducción o reintegro proporcional
- Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero del órgano competente, de la Intervención de Fondos Provinciales y de los órganos de control nacionales o comunitarios
Documentación necesaria
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, suscrita por responsable de la entidad, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, incluyendo información sobre el número de mujeres y hombres de los órganos directivos y de la asociación
- Impreso de justificación de subvenciones 1B, con la aplicación de la subvención concedida con referencia a los pagos efectuados (art. 31.2 LGS) y los recursos obtenidos
- Justificantes de gasto originales (facturas, recibos de nómina, liquidaciones de seguridad social, etc.) que deberán mantenerse durante al menos cuatro años y aportarse a requerimiento de la Intervención
- Documento firmado por ambas partes con carácter previo al inicio de las prácticas, indicando los puestos de trabajo concretos, los datos personales de las personas seleccionadas por la Asociación y los relativos al técnico formador designado
- Póliza de seguros en vigor que cubra la responsabilidad civil por daños a terceros y a las cosas derivada de las prácticas
- Documentación acreditativa de las medidas de publicidad del carácter público de la financiación (publicaciones, vallas, placas, carteles, material audiovisual/digital, difusión en redes sociales con imagen institucional de la Diputación de Alicante)
Cómo solicitar
- 1Concesión directa mediante procedimiento de concesión directa al amparo del art. 22.2 a) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y del art. 28 a) de la Ordenanza General de Subvenciones, al figurar la subvención prevista nominativamente en el Presupuesto vigente de la Diputación Provincial de Alicante
- 2Aprobación mediante Decreto del Sr. Diputado de Recursos Humanos y del Instituto Pedro Herrero, vistos el informe favorable del Departamento de personal (17/03/2026) y la retención de crédito practicada por la Intervención de Fondos
- 3Firma de la Resolución de concesión
- 4Abono de la subvención en dos partes: 5.360 euros en el mes siguiente a la firma de la Resolución, con carácter de pago a cuenta, y 10.721,16 euros a la finalización de la actividad, previa justificación de los gastos
- 5Ejecución de la actividad desde el día siguiente a la firma de la Resolución y como máximo hasta el 31 de diciembre de 2026
- 6Presentación de la documentación justificativa en el plazo de tres meses tras la finalización de la actividad (o su prórroga), con la memoria de actuación y el Impreso 1B
- 7En su caso, subsanación de deficiencias u omisiones en el plazo mínimo de diez días desde el requerimiento
- 8Comprobación por el centro gestor y, si procede, control financiero por la Intervención de Fondos Provinciales y demás órganos de control competentes
Dónde: Portal de Transparencia y sede electrónica de la Diputación Provincial de Alicante (https://abierta.diputacionalicante.es/normativa-convocatorias-y-planes/)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912678Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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