Renta Social Garantizada (Illes Balears)
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Descripción
Prestación económica periódica destinada a cubrir las situaciones de vulnerabilidad social derivadas de la carencia de recursos económicos de personas, familias u otros núcleos de convivencia en las Illes Balears que no tengan derecho al ingreso mínimo vital.
Requisitos
- Estar en situación de vulnerabilidad económica conforme al artículo 17 de la Ley 4/2023
- Tener resolución denegatoria, expresa o presunta, del ingreso mínimo vital (salvo imposibilidad de solicitarlo por no cumplir requisitos de acceso)
- Haber solicitado los subsidios y/o prestaciones por desempleo u otras prestaciones o pensiones públicas y tener resolución expresa o presunta
- Estar empadronado/a en cualquier municipio de las Illes Balears en la fecha de la solicitud
- Acreditar residencia en las Illes Balears con un mínimo de doce meses de antelación a la solicitud (con excepciones para menores, víctimas de trata, mujeres víctimas de violencia machista y ausencias por causas laborales inferiores a cuatro meses)
- No haber renunciado a una oferta de trabajo adecuada ni haber causado baja voluntaria en el trabajo en los tres meses anteriores a la solicitud
- Que la persona solicitante o ningún miembro adulto de la unidad de convivencia tenga deudas con la administración autonómica derivadas de infracción muy grave
- No ser beneficiaria de la renta social garantizada o del ingreso mínimo vital como miembro de otra unidad de convivencia
- Tener al menos 23 años y menos de 65, o más de 65 sin derecho a pensión, o entre 18 y 22 años con personas menores o con discapacidad a cargo, o víctima de violencia machista/trata, o haber estado bajo tutela del sistema de protección de menores
Documentación necesaria
- Solicitud con modelo oficial debidamente cumplimentada y firmada por todas las personas mayores de 18 años de la unidad de convivencia
- Copia del documento de identidad del titular y miembros de la unidad de convivencia (DNI, NIE o NIF)
- Declaración de veracidad de datos bancarios (modelo oficial)
- Solicitud y/o resolución del ingreso mínimo vital
- Declaración responsable y/o certificado negativo de prestaciones o subsidios del titular y miembros de la unidad de convivencia
- Certificado de empadronamiento histórico y de convivencia
- Declaración responsable de acreditación de residencia (en caso de ausencia por causas laborales o profesionales inferior a cuatro meses en los 12 meses previos)
- Declaración responsable de cambio de domicilio (si procede)
- Declaración responsable de conviviente (si hay personas sin vínculo de parentesco)
- Declaración responsable de discrepancia de domicilio o documentación acreditativa del uso de la vivienda (si el domicilio de residencia difiere del de empadronamiento)
Cómo solicitar
- 1Acceder al trámite telemático a través del botón «Acceso al trámite telemático» en la página oficial de la CAIB (requiere certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente)
- 2Cumplimentar y firmar la solicitud con el modelo oficial junto con todas las personas mayores de 18 años de la unidad de convivencia
- 3Reunir la documentación requerida (identificación, datos bancarios, resolución IMV, certificados, declaraciones responsables)
- 4Presentar la solicitud y documentación por vía telemática, presencialmente en oficinas de registro de la Administración Autonómica, General del Estado, otras comunidades autónomas o entidades locales, o por correo postal en sobre abierto
- 5Esperar resolución: plazo máximo de 3 meses; silencio administrativo negativo
- 6En caso de requerir subsanación, aportar la documentación en un plazo de 10 días desde la notificación
Dónde: Sede electrónica de la CAIB (trámite telemático), oficinas de registro de la Administración Autonómica, General del Estado, resto de comunidades autónomas o entidades de la Administración Local, o por correo postal
Fuente oficial https://www.caib.es/seucaib/es/tramites/tramite/2615446Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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