Bono Alquiler Joven
ImporteHasta 250 €
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Descripción
Ayuda directa de 250€/mes durante 2 años (6.000€ en total) destinada a jóvenes de entre 18 y 35 años para facilitar el pago del alquiler de su vivienda habitual, siempre que acrediten rentas de trabajo y sus ingresos anuales no superen 3 veces el IPREM.
Requisitos
- Tener entre 18 y 35 años (inclusive) en el momento de solicitar la ayuda
- Acreditar rentas de trabajo (fuente regular de ingresos con al menos 3 meses de antigüedad en los 6 meses anteriores, o duración prevista de al menos 6 meses)
- Que los ingresos anuales sean inferiores a 3 veces el IPREM
- Que la vivienda arrendada o habitación constituya la residencia habitual y permanente del solicitante (acreditado mediante certificado o volante de empadronamiento)
- Renta mensual del alquiler igual o inferior a 600€ (vivienda) o 300€ (habitación), salvo excepciones de hasta 900€/450€ en zonas tensionadas
- No aplicable en País Vasco ni Navarra (tienen programas propios por su régimen foral)
- Disponer de disponibilidad presupuestaria en la convocatoria de la comunidad autónoma correspondiente
Documentación necesaria
- Certificado o volante de empadronamiento que acredite la residencia habitual y permanente en la vivienda arrendada
- Contrato de arrendamiento de vivienda o habitación
- Acreditación de rentas de trabajo (certificaciones de la AEAT o medios fehacientes establecidos por la comunidad autónoma)
- Justificación de fuente regular de ingresos (vida laboral de al menos 3 meses en los 6 meses anteriores, o duración prevista de al menos 6 meses)
- Declaración del IRPF del periodo impositivo inmediatamente anterior en caso de autónomos
- Cualquier otra documentación que establezca la convocatoria de la comunidad autónoma o ciudad de Ceuta y Melilla correspondiente
Cómo solicitar
- 1Consultar la convocatoria específica publicada por la comunidad autónoma o ciudad de Ceuta y Melilla donde se ubique la vivienda arrendada o a arrendar
- 2Verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Real Decreto 42/2022 y en la convocatoria autonómica correspondiente
- 3Preparar la documentación acreditativa (empadronamiento, contrato de alquiler, acreditación de ingresos)
- 4Presentar la solicitud ante el órgano competente de la comunidad autónoma o ciudad autónoma donde esté ubicada la vivienda
- 5Esperar la resolución de la ayuda conforme a los plazos y criterios establecidos en la convocatoria autonómica
- 6En caso de cambio de vivienda o comunidad autónoma, comunicar al órgano concedente en el plazo máximo de 15 días y volver a solicitar la ayuda si procede
Dónde: Comunidad autónoma o ciudad de Ceuta y Melilla donde se ubique la vivienda arrendada o a arrendar, a través de los canales que establezca cada convocatoria autonómica
Fuente oficial https://www.mivau.gob.es/vivienda/bono-alquiler-jovenDatos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoriaAyudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.