BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE CARÁCTER ORDINARIO PARA LA ACOGIDA TEMPORAL DURANTE EL 2026 DE NIÑOS Y NIÑAS DE PAISES EN VÍAS DE DESARROLLO O QUE DE FORMA DIRECTA O INDIRECTA HAYAN SUFRIDO ALGÚN TIPO DE CATÁSTROFE
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Descripción
Subvenciones del Ayuntamiento de Leioa con dos modalidades: (1) ayudas económicas a personas o unidades familiares de Leioa que acogen temporalmente durante periodos vacacionales, tratamientos médicos o convalecencias a menores de 6 a 18 años procedentes de países en vías de desarrollo o con catástrofes, cubriendo gastos de traslado, estancia, regreso, seguros, trámites, gastos sanitarios y vestido (no alimentación); (2) ayudas a asociaciones sin ánimo de lucro para costes de gestión y administración de programas de acogida temporal de estos menores durante su estancia en Bizkaia en 2026.
Requisitos
- Personas o unidades familiares: estar empadronadas en el padrón municipal de Leioa con una antigüedad mínima de un año
- Personas o unidades familiares: realizar los trámites de acogida a través de asociaciones debidamente registradas en la CAPV que promuevan programas de acogida temporal con experiencia mínima de un año
- Personas o unidades familiares: hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias
- Asociaciones sin ánimo de lucro: estar constituidas o inscritas formalmente en el registro de la CAPV o de cualquier institución pública del Territorio Histórico de Bizkaia con un año de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria
- Asociaciones: estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Asociaciones: tener capacidad jurídica y no encontrarse en ninguno de los supuestos de exclusión del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Asociaciones: disponer de sede central o delegación permanente acreditada documentalmente en Bizkaia
- Asociaciones: tener justificadas y cerradas administrativamente en plazo las subvenciones otorgadas con anterioridad por el Ayuntamiento de Leioa
- Asociaciones: experiencia mínima de un año en gestión de programas de acogida temporal de menores de países en vías de desarrollo o que hayan sufrido catástrofe
- Participación de al menos un menor en acogida temporal por persona o unidad familiar de Leioa
- Los programas y acciones se desarrollarán en el término municipal de Leioa o, aunque se desplieguen fuera, organizados por entidades sin ánimo de lucro que acrediten tener entre sus personas asociadas a la ciudadanía de Leioa
Documentación necesaria
- Solicitud General (Anexo I)
- Ficha de Terceros (Anexo II)
- Para personas o unidades familiares: certificado de la asociación que realiza el programa de acogida temporal que confirme la identidad del menor y de la persona o unidad familiar que realiza la acogida
- Para personas o unidades familiares: certificado de la asociación que mencione la idoneidad de la persona o unidad familiar que acoge temporalmente y su participación en el programa
- Para personas o unidades familiares: certificado de la asociación con experiencia mínima de un año en gestión de programas de acogida temporal
- Para asociaciones: proyecto detallado del programa a realizar durante 2026, incluyendo descripción del proyecto, población destinataria, objetivos, lugares y fechas de celebración, metodología, etc.
- Para asociaciones: memoria de actividades relacionadas con la actividad o proyecto para el que se solicita la subvención, realizadas por el solicitante durante el año o años anteriores a la solicitud
- Para asociaciones: balance de ingresos y gastos del año anterior y presupuesto del año en curso, relativos a la actividad o proyecto para el que se solicita la subvención
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar los impresos oficiales disponibles en udaletxean.leioa.eus
- 2Reunir la documentación adjunta correspondiente según se trate de persona/unidad familiar o asociación sin ánimo de lucro
- 3Presentar la solicitud en los Servicios de Atención Ciudadana municipales (SAC Casa Consistorial y Gaztelubide)
- 4Alternativamente, presentar en cualquiera de los registros habilitados al efecto conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- 5Las personas o entidades obligadas legalmente a relacionarse electrónicamente con la administración deberán presentar la solicitud a través de la Sede Electrónica
- 6Si los documentos ya obran en poder del Ayuntamiento de Leioa (presentados en los últimos cinco años), indicar la fecha y dependencia en que fueron aportados para no tener que volver a presentarlos
Dónde: Servicios de Atención Ciudadana municipales (SAC Casa Consistorial y Gaztelubide), registros habilitados por Ley 39/2015, o Sede Electrónica del Ayuntamiento de Leioa (udaletxean.leioa.eus)
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.