BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA QUE REGIRÁN LAS AYUDAS PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE ACCESO DE SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES. AÑO 2026
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Descripción
Ayudas municipales destinadas a personas empadronadas en Coria con insuficiencia de rentas para costear gastos de suministros básicos del hogar (electricidad, gas natural/propano/butano y agua potable), incluyendo gastos de alta y reconexión. La cuantía máxima anual por unidad de convivencia oscila entre 950 € y 1.200 € según el número de miembros.
Requisitos
- Ser mayor de edad o menor de edad huérfano absoluto o emancipado
- Estar empadronado y residir legal y efectivamente en Coria con una antigüedad de al menos seis meses anteriores a la solicitud
- Carecer de rentas o ingresos suficientes: los ingresos netos mensuales de la unidad de convivencia no deben superar el 120% del IPREM (14 pagas) incrementado un 8% por cada miembro (10% adicional si hay miembros con discapacidad ≥65% o dependencia reconocida)
- Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social
- No ser deudor del Ayuntamiento por cualquier concepto ni por reintegro de subvenciones
- No residir en centros institucionales que cubran sus necesidades básicas
- No haber recibido ayudas para suministros mínimos vitales en los dos años anteriores sin haber reintegrado cantidades indebidamente abonadas
- No estar conectado fraudulentamente a la red
Documentación necesaria
- Solicitud conforme al ANEXO I de la convocatoria
- Documentación acreditativa de las circunstancias alegadas
- Facturas de los suministros básicos (electricidad, gas, agua)
- Justificantes de ingresos netos de la unidad de convivencia de los tres meses anteriores a la solicitud
- Documentación acreditativa del título de ocupación de la vivienda habitual
- Justificantes de pago del préstamo hipotecario o alquiler de la vivienda habitual, si procede
- Facturas de pago de bombonas de gas, en su caso, presentadas en plazo máximo de 15 días desde la resolución
- Declaración de no hallarse incurso en las prohibiciones del art. 13 de la Ley General de Subvenciones
- Acreditación de ser beneficiario del bono social eléctrico para consumidores vulnerables severos, en su caso
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud conforme al modelo ANEXO I
- 2Reunir la documentación acreditativa de los requisitos y circunstancias alegadas
- 3Presentar la solicitud y la documentación en el Servicio Social de Atención Social Básica del Ayuntamiento de Coria
- 4El Servicio Social comprobará la solicitud, documentación y cumplimiento de los requisitos, pudiendo requerir informes o documentos adicionales
- 5El Servicio Social elevará la relación de personas beneficiarias a la Alcaldía
- 6La Alcaldía dictará Resolución de otorgamiento con plazo máximo de 6 meses
- 7Justificar la realización del gasto en el plazo máximo de 15 días desde la notificación de la resolución
- 8Comunicar cualquier cambio en circunstancias económicas o de convivencia en plazo máximo de 10 días hábiles
Dónde: Servicio Social de Atención Social Básica del Ayuntamiento de Coria (Plaza de San Pedro, s/n, 10800 Coria)
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.