Resolución de 18 de Junio de 2026, por la que se convocan subvenciones de la línea 5 regulada en la Orden de 5 de octubre de 2020,conciliación de la vida personal,familiar y laboral en Andalucía. Mínimi 1408/2013
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a personas trabajadoras autónomas de Andalucía para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. La Línea 4 (250.000 €) financia la contratación de personas desempleadas para que trabajen en la actividad del autónomo/a con hijos/as menores de 3 años a su cargo (6.000 € o 7.200 € por contrato a jornada completa de 12 meses). La Línea 5 (250.000 €) financia la contratación de interinos/as para sustitución en supuestos de riesgo durante el embarazo (hasta 3.200 € por 8 meses) o descanso por nacimiento, adopción, guarda o acogimiento (1.700 € por 16 semanas o 1.900 € por 18 semanas). Las cuantías se incrementan un 50 % si la persona contratada pertenece a colectivos prioritarios y se reducen proporcionalmente a tiempo parcial.
Requisitos
- Línea 4: Ser persona trabajadora autónoma con hijos o hijas menores de tres años a su cargo por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente
- Línea 5: Ser mujer trabajadora autónoma en situación de riesgo durante el embarazo, o persona trabajadora autónoma en general para el disfrute del periodo de descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar
- Cumplir los requisitos establecidos en el apartado 4.a).2º de los Cuadros Resumen de las líneas 4 y 5 de la Orden de 5 de octubre de 2020
- Para la Línea 4: realizar nueva contratación por cuenta ajena de persona desempleada no ocupada e inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo
- Para la Línea 5: formalizar contrato de interinidad con jornada completa (o parcial mínima de 20 h/semana o su promedio anual)
- La contratación debe estar vigente al menos la duración mínima establecida (12 meses Línea 4; 8 meses / 16-18 semanas Línea 5)
- Tener domicilio fiscal en la provincia andaluza ante cuya Delegación Territorial se solicita la subvención
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud normalizado (Anexo I) cumplimentado y firmado electrónicamente
- Formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos (Anexo II)
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en las bases reguladoras (a aportar con la solicitud o en el trámite de audiencia)
- Estar dado/a de alta en el Fichero Central de Personas Acreedoras de la Tesorería General de la Junta de Andalucía
- Certificaciones emitidas de oficio por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social y Agencia Tributaria de Andalucía (autorización incluida en la solicitud)
- Contrato de trabajo formalizado y documentación justificativa de la contratación realizada
Cómo solicitar
- 1Acceder a la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo a través de los enlaces https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/procedimientos/detalle/24388.html (Línea 4) o /detalle/24389.html (Línea 5), o a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios
- 2Cumplimentar el formulario de solicitud normalizado (Anexo I) correspondiente a la línea elegida
- 3Firmar electrónicamente la solicitud mediante certificado electrónico reconocido o cualificado, o firma electrónica avanzada
- 4Aportar la documentación acreditativa exigida junto con la solicitud o, en su caso, comprometerse a aportarla en el trámite de audiencia
- 5Presentar la solicitud de forma electrónica en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, dirigida a la persona titular de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la provincia del domicilio fiscal del solicitante
- 6Esperar la resolución y notificación electrónicas (plazo máximo de 6 meses desde la entrada de la solicitud) a través del sistema de notificaciones electrónicas en https://www.juntadeandalucia.es/notificaciones
- 7En caso de ser beneficiario, atender el trámite de audiencia y aceptación (Anexo II)
Dónde: Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/procedimientos.html), dirigida a la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la provincia del domicilio fiscal del solicitante
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