Ayudalíza
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO

Resolución de 18 de Junio de 2026, por la que se convocan subvenciones de la línea 5 regulada en la Orden de 5 de octubre de 2020,conciliación de la vida personal,familiar y laboral en Andalucía. Mínimi 707/2014

Próximamente · pendiente de publicación oficial

Importe1700.00–83.333 €
Plazo de solicitudHasta 15 sept 2026
Estadoprevista

Análisis con IA para tu perfil

Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.

o hazte Premium · 1,50€/mes

Descripción

Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para personas trabajadoras autónomas de Andalucía: la Línea 4 financia la contratación de una persona desempleada para que trabaje en su actividad cuando tienen hijos/as menores de 3 años (6.000 € o 7.200 € por contrato a jornada completa de 12 meses), y la Línea 5 financia la contratación de sustitución durante riesgo durante el embarazo (3.200 €) o periodos de descanso por nacimiento, adopción, guarda o acogimiento (1.700 € o 1.900 €), con incremento del 50% si la persona contratada pertenece a colectivos prioritarios.

Requisitos

  • Línea 4: ser persona trabajadora autónoma con hijos o hijas menores de tres años a su cargo por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente
  • Línea 5.a: ser mujer trabajadora autónoma en situación de riesgo durante el embarazo
  • Línea 5.b: ser persona trabajadora autónoma para el disfrute del periodo de descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar
  • Cumplir los requisitos establecidos en el apartado 4.a).2º de los Cuadros Resumen de las líneas 4 y 5 de la Orden de 5 de octubre de 2020
  • Tener el domicilio fiscal en Andalucía
  • Las contrataciones deben ser realizadas a partir de los efectos de la convocatoria y hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes, así como las realizadas en los doce meses anteriores a que surta efectos la convocatoria
  • La persona contratada (Línea 4) debe ser persona desempleada no ocupada e inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo
  • La persona contratada (Línea 5) debe formalizarse mediante contrato de interinidad, con jornada mínima de 20 horas semanales o su promedio en cómputo anual

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud (Anexo I)
  • Formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos (Anexo II)
  • Documentación acreditativa exigida en las bases reguladoras (Orden de 5 de octubre de 2020)
  • Estar dado de alta en el Fichero Central de Personas Acreedoras de la Tesorería General de la Junta de Andalucía
  • Documentación justificativa de la contratación y de los requisitos del apartado 4.a).2º de los Cuadros Resumen de las líneas 4 y 5

Cómo solicitar

  1. 1Acceder a la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo a través de las direcciones https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/procedimientos/detalle/24388.html (Línea 4) o https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/procedimientos/detalle/24389.html (Línea 5)
  2. 2También puede accederse a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios en https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/procedimientos.html
  3. 3Cumplimentar el formulario de solicitud normalizado (Anexo I)
  4. 4Firmar electrónicamente la solicitud mediante certificado electrónico reconocido o cualificado o firma electrónica avanzada
  5. 5Presentar la solicitud electrónicamente a través del Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía
  6. 6La solicitud se dirige a la persona titular de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la provincia donde la persona solicitante tenga su domicilio fiscal
  7. 7En caso de requerirse, aportar la documentación en el trámite de audiencia mediante el Anexo II

Dónde: Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/procedimientos.html), dirigida a la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la provincia correspondiente al domicilio fiscal de la persona solicitante

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914199Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoria

Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.