Ayudalíza
AYUNTAMIENTO DE PILAS

SUBVENCIÓN NOMINATIVA 2024 A FAVOR DEL ATENEO "CULTURAL PILEÑO"

ImporteHasta 6000 €
Plazo de solicitudHasta 31 dic 2024
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Descripción

Subvención nominativa de 6.000 € concedida por el Ayuntamiento de Pilas a la entidad sin ánimo de lucro Ateneo 'Cultural Pileño' (CIF G-41.505.843) para financiar su programa de actividades culturales de 2024 dirigido a toda la población del municipio, incluyendo gastos materiales, trabajos de creación y nuevas carrozas para la Cabalgata de Reyes.

Requisitos

  • Ser entidad privada sin ánimo de lucro (Ateneo 'Cultural Pileño', CIF G-41.505.843), inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Pilas y contar con medios y personal adecuados
  • No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Pilas
  • Presentar un proyecto de actividades culturales para la población del municipio (excluidos gastos de mantenimiento, administración e inversión)
  • Aceptar por escrito la subvención en el plazo de diez días hábiles desde su notificación
  • Iniciar las actividades entre la fecha de concesión y los dos meses posteriores a la recepción de los fondos
  • Gestionar y realizar directamente la actividad, sin transferir los fondos a organizaciones intermediarias
  • Dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación (escudo del Ayuntamiento en materiales, web, redes, etc.)
  • Solicitar al menos tres ofertas de diferentes proveedores cuando el gasto subvencionable supere las cuantías de contrato menor o los 3.000 €
  • Reintegrar las cantidades percibidas en los supuestos previstos en la Ley General de Subvenciones

Documentación necesaria

  • Memoria justificativa suscrita por el representante legal con descripción de actividades, gastos, resultados, población beneficiaria, metodología, materiales producidos y ANEXO de materiales
  • Relación detallada y desglosada de la totalidad de los gastos derivados de la actividad, acompañada de facturas originales y/o nóminas estampilladas, vida laboral de CCC y resumen contable de nóminas con cuota patronal
  • Facturas originales marcadas con estampilla indicando la imputación a la subvención del Ayuntamiento de Pilas 2024
  • Declaración responsable de inexistencia de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, o relación de las obtenidas con importe y procedencia
  • Certificado de estar al corriente en obligaciones tributarias con Hacienda Estatal y Autonómica, con el Ayuntamiento de Pilas y con la Seguridad Social
  • Declaración de que los gastos se han aplicado únicamente a la actividad subvencionada, indicando que el IVA es concepto elegible
  • Declaración de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Copias de folletos, revistas, comunicaciones en redes sociales, publicaciones web, carteles, soporte fotográfico, registro de asistentes, encuestas de satisfacción y notas de prensa
  • Detalle de cuotas patronales mensuales: modelos TC1 y TC2 con iniciales del trabajador y justificantes de pago sellados por la entidad bancaria
  • Modelo 190 de retenciones IRPF (página resumen y páginas identificativas de los trabajadores)
  • Modelo 111 de pago de retenciones a cuenta del IRPF con acreditación del pago sellado por la entidad bancaria
  • Justificantes de pago mediante transferencia bancaria o cheque (pagos en metálico solo admitidos hasta 150 € por factura y con un máximo total de 3.000 €)

Cómo solicitar

  1. 1Elaborar y presentar el proyecto de actividades culturales ante el Ayuntamiento de Pilas (fecha de presentación del proyecto: 15 de noviembre de 2024)
  2. 2Firma del convenio regulador de la subvención nominativa por el Alcalde del Ayuntamiento y el representante del Ateneo 'Cultural Pileño' (firmado el 20 de noviembre de 2024)
  3. 3Aceptar por escrito la subvención concedida en el plazo de diez días hábiles desde la notificación
  4. 4Iniciar las actividades del proyecto entre la fecha de concesión y los dos meses posteriores a la recepción de los fondos
  5. 5Solicitar autorización previa al Ayuntamiento para cualquier modificación sustancial del proyecto (plazo máximo de dos meses desde que se produzcan las circunstancias)
  6. 6Ejecutar la actividad subvencionada en el plazo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024
  7. 7Presentar la cuenta justificativa completa ante el órgano gestor (Área de Bienestar Social) a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, como fecha máxima el 31 de marzo de 2025
  8. 8Acreditar el cumplimiento de las obligaciones de publicidad de la financiación pública y conservar los documentos justificativos para posibles actuaciones de comprobación y control

Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Pilas (a través del Área de Bienestar Social, órgano gestor de la subvención)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914362Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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