SUBVENCIÓN NOMINATIVA 2024 A FAVOR DEL ATENEO "CULTURAL PILEÑO"
ImporteHasta 6000 €
Plazo de solicitudHasta 31 dic 2024
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Descripción
Subvención nominativa de 6.000 € concedida por el Ayuntamiento de Pilas a la entidad sin ánimo de lucro Ateneo 'Cultural Pileño' (CIF G-41.505.843) para financiar su programa de actividades culturales de 2024 dirigido a toda la población del municipio, incluyendo gastos materiales, trabajos de creación y nuevas carrozas para la Cabalgata de Reyes.
Requisitos
- Ser entidad privada sin ánimo de lucro (Ateneo 'Cultural Pileño', CIF G-41.505.843), inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Pilas y contar con medios y personal adecuados
- No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Pilas
- Presentar un proyecto de actividades culturales para la población del municipio (excluidos gastos de mantenimiento, administración e inversión)
- Aceptar por escrito la subvención en el plazo de diez días hábiles desde su notificación
- Iniciar las actividades entre la fecha de concesión y los dos meses posteriores a la recepción de los fondos
- Gestionar y realizar directamente la actividad, sin transferir los fondos a organizaciones intermediarias
- Dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación (escudo del Ayuntamiento en materiales, web, redes, etc.)
- Solicitar al menos tres ofertas de diferentes proveedores cuando el gasto subvencionable supere las cuantías de contrato menor o los 3.000 €
- Reintegrar las cantidades percibidas en los supuestos previstos en la Ley General de Subvenciones
Documentación necesaria
- Memoria justificativa suscrita por el representante legal con descripción de actividades, gastos, resultados, población beneficiaria, metodología, materiales producidos y ANEXO de materiales
- Relación detallada y desglosada de la totalidad de los gastos derivados de la actividad, acompañada de facturas originales y/o nóminas estampilladas, vida laboral de CCC y resumen contable de nóminas con cuota patronal
- Facturas originales marcadas con estampilla indicando la imputación a la subvención del Ayuntamiento de Pilas 2024
- Declaración responsable de inexistencia de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, o relación de las obtenidas con importe y procedencia
- Certificado de estar al corriente en obligaciones tributarias con Hacienda Estatal y Autonómica, con el Ayuntamiento de Pilas y con la Seguridad Social
- Declaración de que los gastos se han aplicado únicamente a la actividad subvencionada, indicando que el IVA es concepto elegible
- Declaración de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Copias de folletos, revistas, comunicaciones en redes sociales, publicaciones web, carteles, soporte fotográfico, registro de asistentes, encuestas de satisfacción y notas de prensa
- Detalle de cuotas patronales mensuales: modelos TC1 y TC2 con iniciales del trabajador y justificantes de pago sellados por la entidad bancaria
- Modelo 190 de retenciones IRPF (página resumen y páginas identificativas de los trabajadores)
- Modelo 111 de pago de retenciones a cuenta del IRPF con acreditación del pago sellado por la entidad bancaria
- Justificantes de pago mediante transferencia bancaria o cheque (pagos en metálico solo admitidos hasta 150 € por factura y con un máximo total de 3.000 €)
Cómo solicitar
- 1Elaborar y presentar el proyecto de actividades culturales ante el Ayuntamiento de Pilas (fecha de presentación del proyecto: 15 de noviembre de 2024)
- 2Firma del convenio regulador de la subvención nominativa por el Alcalde del Ayuntamiento y el representante del Ateneo 'Cultural Pileño' (firmado el 20 de noviembre de 2024)
- 3Aceptar por escrito la subvención concedida en el plazo de diez días hábiles desde la notificación
- 4Iniciar las actividades del proyecto entre la fecha de concesión y los dos meses posteriores a la recepción de los fondos
- 5Solicitar autorización previa al Ayuntamiento para cualquier modificación sustancial del proyecto (plazo máximo de dos meses desde que se produzcan las circunstancias)
- 6Ejecutar la actividad subvencionada en el plazo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024
- 7Presentar la cuenta justificativa completa ante el órgano gestor (Área de Bienestar Social) a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, como fecha máxima el 31 de marzo de 2025
- 8Acreditar el cumplimiento de las obligaciones de publicidad de la financiación pública y conservar los documentos justificativos para posibles actuaciones de comprobación y control
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Pilas (a través del Área de Bienestar Social, órgano gestor de la subvención)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914362Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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