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AYUNTAMIENTO DE PILAS

SUBVENCIÓN NOMINATIVA 2024 A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN PARA LA GESTIÓN DE RECURSOS A FAMILIAS NECESITADAS "SOSFAM"

ImporteHasta 1500 €
Plazo de solicitudHasta 31 dic 2024
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Descripción

Subvención nominativa de 1.500 euros concedida por el Ayuntamiento de Pilas a la Asociación SOSFAM para financiar programas de atención y ayuda a familias necesitadas del municipio durante 2024, concretamente un taller de español para personas migrantes (1.000 €) y un taller de apoyo escolar (500 €).

Requisitos

  • Ser entidad privada sin ánimo de lucro (Asociación SOSFAM, CIF G-90.010.182)
  • Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Pilas
  • Contar con medios y personal adecuado y suficiente para realizar las actividades
  • No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con Hacienda Estatal y Autonómica, con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Pilas
  • Aceptar por escrito la subvención concedida en el plazo de diez días hábiles desde la notificación
  • Iniciar las actividades en un plazo máximo de dos meses tras la recepción de los fondos
  • Disponer de autorización de la entidad local para cualquier modificación sustancial del proyecto

Documentación necesaria

  • Memoria justificativa suscrita y fechada por el representante legal de la entidad con las actividades desarrolladas, gastos, resultados, población beneficiaria, metodología e instrumentos, más anexo de materiales producidos
  • Relación suscrita por el beneficiario de la totalidad de los gastos derivados de la actividad, desglosados y detallados, acompañada de copia de facturas originales y/o nóminas estampilladas del personal, así como resumen contable de nóminas de la gestoría o contable con la cuota patronal (modelos TC1 y TC2)
  • Declaración suscrita por el beneficiario relativa a la inexistencia de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, o mención expresa de los otros ingresos, ayudas y su importe y procedencia
  • Certificado de estar al corriente en obligaciones tributarias con Hacienda Pública Estatal y Autonómica, con el propio Ayuntamiento y con la Seguridad Social
  • Declaración de que los gastos se han aplicado únicamente a las actividades de la memoria, incluyendo el IVA como concepto elegible al no ser susceptible de recuperación o compensación
  • Declaración de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Copias de folletos, revistas, comunicaciones en redes sociales, publicaciones en páginas web, carteles, soporte fotográfico de eventos, registro de asistentes, encuestas de satisfacción y notas de prensa que den publicidad a la financiación del Ayuntamiento de Pilas
  • Detalle de cuotas patronales mensuales con modelos TC1 y TC2 (con iniciales del trabajador) y justificantes de pago sellados por la entidad bancaria
  • Modelo 190 de retenciones de IRPF con la página resumen de presentación y las páginas de identificación de los trabajadores cuyas nóminas se subvencionan
  • Modelo 111 de pago de retenciones a cuenta del IRPF y acreditación del pago sellado por la entidad bancaria
  • Justificantes de pago de los gastos (transferencia bancaria, cheque firmado o recibí en metálico para importes iguales o inferiores a 150 euros por factura, sin superar 3.000 euros en efectivo en la totalidad de la subvención)
  • Informe técnico justificativo del cumplimiento del objeto de la subvención emitido por el órgano gestor

Cómo solicitar

  1. 1Presentar el proyecto de actividades en el Ayuntamiento de Pilas (el proyecto fue presentado el 22 de junio de 2024)
  2. 2Aceptar por escrito la subvención concedida en el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la concesión
  3. 3Recibir el pago anticipado de hasta el 100% del importe total de la subvención tras la firma del convenio (exime de prestación de garantía)
  4. 4Iniciar las actividades del proyecto en un plazo máximo de dos meses tras la recepción de los fondos
  5. 5Ejecutar la actividad subvencionada dentro del plazo de realización (del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024)
  6. 6Solicitar autorización previa al Ayuntamiento para cualquier modificación sustancial del proyecto en un plazo no superior a dos meses desde que se manifiesten las circunstancias que la motiven
  7. 7Presentar la cuenta justificativa al órgano gestor (Área de Bienestar Social) a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pilas, con fecha límite del 31 de marzo de 2025
  8. 8Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento, evaluación y control financiero del órgano concedente, la Intervención y el Tribunal de Cuentas

Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Pilas (a través del Área de Bienestar Social, como órgano gestor de la subvención)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914371Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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