SUBVENCIÓN NOMINATIVA 2024 A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN PARA LA GESTIÓN DE RECURSOS A FAMILIAS NECESITADAS "SOSFAM"
ImporteHasta 1500 €
Plazo de solicitudHasta 31 dic 2024
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Descripción
Subvención nominativa de 1.500 euros concedida por el Ayuntamiento de Pilas a la Asociación SOSFAM para financiar programas de atención y ayuda a familias necesitadas del municipio durante 2024, concretamente un taller de español para personas migrantes (1.000 €) y un taller de apoyo escolar (500 €).
Requisitos
- Ser entidad privada sin ánimo de lucro (Asociación SOSFAM, CIF G-90.010.182)
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Pilas
- Contar con medios y personal adecuado y suficiente para realizar las actividades
- No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con Hacienda Estatal y Autonómica, con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Pilas
- Aceptar por escrito la subvención concedida en el plazo de diez días hábiles desde la notificación
- Iniciar las actividades en un plazo máximo de dos meses tras la recepción de los fondos
- Disponer de autorización de la entidad local para cualquier modificación sustancial del proyecto
Documentación necesaria
- Memoria justificativa suscrita y fechada por el representante legal de la entidad con las actividades desarrolladas, gastos, resultados, población beneficiaria, metodología e instrumentos, más anexo de materiales producidos
- Relación suscrita por el beneficiario de la totalidad de los gastos derivados de la actividad, desglosados y detallados, acompañada de copia de facturas originales y/o nóminas estampilladas del personal, así como resumen contable de nóminas de la gestoría o contable con la cuota patronal (modelos TC1 y TC2)
- Declaración suscrita por el beneficiario relativa a la inexistencia de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, o mención expresa de los otros ingresos, ayudas y su importe y procedencia
- Certificado de estar al corriente en obligaciones tributarias con Hacienda Pública Estatal y Autonómica, con el propio Ayuntamiento y con la Seguridad Social
- Declaración de que los gastos se han aplicado únicamente a las actividades de la memoria, incluyendo el IVA como concepto elegible al no ser susceptible de recuperación o compensación
- Declaración de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Copias de folletos, revistas, comunicaciones en redes sociales, publicaciones en páginas web, carteles, soporte fotográfico de eventos, registro de asistentes, encuestas de satisfacción y notas de prensa que den publicidad a la financiación del Ayuntamiento de Pilas
- Detalle de cuotas patronales mensuales con modelos TC1 y TC2 (con iniciales del trabajador) y justificantes de pago sellados por la entidad bancaria
- Modelo 190 de retenciones de IRPF con la página resumen de presentación y las páginas de identificación de los trabajadores cuyas nóminas se subvencionan
- Modelo 111 de pago de retenciones a cuenta del IRPF y acreditación del pago sellado por la entidad bancaria
- Justificantes de pago de los gastos (transferencia bancaria, cheque firmado o recibí en metálico para importes iguales o inferiores a 150 euros por factura, sin superar 3.000 euros en efectivo en la totalidad de la subvención)
- Informe técnico justificativo del cumplimiento del objeto de la subvención emitido por el órgano gestor
Cómo solicitar
- 1Presentar el proyecto de actividades en el Ayuntamiento de Pilas (el proyecto fue presentado el 22 de junio de 2024)
- 2Aceptar por escrito la subvención concedida en el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la concesión
- 3Recibir el pago anticipado de hasta el 100% del importe total de la subvención tras la firma del convenio (exime de prestación de garantía)
- 4Iniciar las actividades del proyecto en un plazo máximo de dos meses tras la recepción de los fondos
- 5Ejecutar la actividad subvencionada dentro del plazo de realización (del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024)
- 6Solicitar autorización previa al Ayuntamiento para cualquier modificación sustancial del proyecto en un plazo no superior a dos meses desde que se manifiesten las circunstancias que la motiven
- 7Presentar la cuenta justificativa al órgano gestor (Área de Bienestar Social) a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pilas, con fecha límite del 31 de marzo de 2025
- 8Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento, evaluación y control financiero del órgano concedente, la Intervención y el Tribunal de Cuentas
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Pilas (a través del Área de Bienestar Social, como órgano gestor de la subvención)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914371Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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